http://www.analitica.com/va/internacionales/opinion/3638334.asp
Tomado de:
Grupo Ávila
Jueves, 19 de septiembre de 2013
Foto: Google
El Grupo Avila declara que Venezuela debe desconocer toda
actuación de empresas transnacionales en áreas terrestres, marinas y submarinas
de la zona en reclamación y en la fachada atlántica.
La reciente visita del presidente Nicolás Maduro a Georgetown
coincidió con la noticia de que la República Cooperativa de Guyana ha dado
concesiones a compañías petroleras transnacionales, no sólo en áreas submarinas
frente al Esequibo, sino también frente a la fachada atlántica del Delta
Amacuro.
Al respecto, llamamos a la atención de la opinión pública,
del Secretario General de la Organización de las Naciones Unidas y del Gobierno
Nacional, en particular de la Fuerza Armada Nacional:
Que la línea de delimitación con Venezuela de áreas marinas y
submarinas, que presenta Guyana para el otorgamiento de concesiones a empresas
transnacionales, es la misma que alega en su solicitud a la Comisión de Límites
de la ONU para ampliar su plataforma continental bajo la Convención del Derecho
del Mar, la cual Venezuela consideró inaceptable en comunicación oficial al
Secretario General de la ONU el 9 de marzo de 2012.
Que en el comunicado conjunto, al final de la visita antes
señalada, si bien se mencionó que el proceso de negociación sobre la Zona en
Reclamación del Esequibo continuaba en el marco del Acuerdo de Ginebra y de los
“buenos oficios” del Secretario General de la ONU, se obvió formular la
indispensable protesta por las pretensiones territoriales de la República
Cooperativa de Guyana, las cuales no sólo afectan unilateralmente el proceso de
solución de la reclamación sino que crean situaciones de hecho inaceptables en
el contexto de la debida salvaguardia de la soberanía nacional.
Que siendo obligación del Jefe del Estado y de todos los
venezolanos preservar la integridad territorial y la soberanía de la Nación, el
Gobierno de Venezuela debe respetar y hacer respetar su mandato constitucional,
por lo que es su responsabilidad:
1) Formular las notas de
protesta diplomática a que haya lugar en resguardo de los derechos soberanos de
Venezuela sobre sus áreas marinas y submarinas sobre la fachada marítima de su
territorio, ya que, independientemente del litigio existente, Venezuela tiene
una fachada marítima sobre el Océano Atlántico en la zona del delta del Río
Orinoco, no discutida por ningún país y cuya zona económica exclusiva y
plataforma continental han sido delimitadas con Trinidad y Tobago mediante el
Tratado de delimitación de áreas marinas y submarinas del 18 de Abril de 1990.
2) Recordar que en
Derecho Internacional Público, el silencio otorga, y que por tanto si el
gobierno de Venezuela no actúa pública y formalmente estaríamos dando
aquiescencia a los actos guyaneses, debilitando los derechos de la República,
no sólo sobre la zona en reclamación y sus espacios acuáticos, sino también
sobre la plataforma continental y la zona económica exclusiva, que genera el
delta del Orinoco, poniendo en riesgo la soberanía sobre áreas marinas y
submarinas, en las cuales existen un enorme potencial de hidrocarburos, una
relevante riqueza pesquera y nuestra salida libre al Atlántico, asunto éste de
seguridad nacional.
3) Que es inadmisible que
el gobierno nacional permanezca en silencio frente a las concesiones otorgadas
por Guyana en la fachada atlántica de nuestro país en zonas claramente bajo
nuestra jurisdicción y que históricamente han sido objeto de patrullaje y
resguardo por nuestras fuerzas navales.
4) Que en concordancia
con el art. 5 del Acuerdo de Ginebra, debe manifestar que Venezuela desconocerá
toda actuación de empresas transnacionales en áreas terrestres, marinas y
submarinas de la zona en reclamación.
5) Que para reactivar el
proceso orientado a la búsqueda de una solución satisfactoria para el arreglo
práctico de la controversia sobre la zona en reclamación, en el marco del Acuerdo de Ginebra, sería
necesario nombrar un facilitador dedicado a este importantísimo asunto a tiempo
completo, que consulte y dialogue con especialistas, diplomáticos, militares y
académicos, por constituir un tema de Estado y no del Gobierno de turno.
6) Que es necesario
informar al Secretario General de la ONU y al Buen Oficiante sobre las medidas
unilaterales tomadas por Guyana en violación flagrante del Acuerdo de Ginebra,
y sustentar claramente esta posición en las Naciones Unidas y en todos los
foros regionales e internacionales en defensa de los justos e irrenunciables
derechos que asisten a la República.
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conceptos emitidos en los artículos de opinión publicados en nuestro sitio Web,
los cuales son de la exclusiva responsabilidad de sus autores
2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico
Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que
señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante
el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968
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