viernes, 3 de octubre de 2014

A ciento quince años del despojo de 150.00 km 2 de territorios al Oeste del rio Esequibo, por la sentencia espuria del 03 de octubre de 1899

1899 Tribunal Arbitral colección de la Fundación la Guyana Esquiaba

Oscar José Márquez

Hoy a los  ciento quince  años de la sentencia espuria del 03 de octubre de 1899, hemos colocado los link de escritos publicados en años anteriores en referencia a este despojo de 150.00 km 2 de territorios al Oeste del río Esequibo conocidos como la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación.

Que han sido y serán irrenunciables hasta el final de los tiempos por ser derechos  imprescriptibles de la Nación venezolana y por los cual estamos como venezolanos  obligados  a reclamar,  recupera, reivindicar,   unificación,  integración  o anexar    

A ciento trece años del despojo  de los territorios de la Guayana Esequiba al  oeste del río Esequibo  I. Parte

A ciento trece años del despojo  de los territorios de la Guayana Esequiba al  oeste del río Esequibo  II. Parte martes, 30 de octubre de 2012

La Guayana Esequiba a  ciento doce años de la sentencia  de su despojo del 03 de 0ctubre de 1899... Y la política de estado del Socialismo del siglo XXI. I. Parte.  Publicado el  lunes 3 de octubre de 2011
La Guayana Esequiba a ciento doce años de la sentencia de su despojo del 03 de 0ctubre de 1899…y la política de estado del Socialismo del siglo XXI. II. Parte jueves 1 de diciembre de 2011

La Guayana Esequiba a ciento doce años de la sentencia de su despojo del 03 de 0ctubre de 1899... III. Parte. lunes, 19 de diciembre de 2011

LA GUAYANA ESEQUIBA CIENTO NUEVE AÑOS DE LA SENTENCIA IGNOMINIOSA DEL TRIBUNAL ARBITRAL DE PARÍS (03 de octubre de 1899)



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Debemos deschavetizar la reclamación de la Guayana Esequiba Parte. VI 01 de octubre de 2013





2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968




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