jueves, 19 de septiembre de 2013

“Como el avestruz ante el Esequibo…”




GD. Oswaldo Sujú Raffo.

  Pdte. del IDEFV.

19-09-2013

Es simple traición a la Patria la pérfida actitud, de los últimos dos gobiernos nacionales, de hacer como el avestruz, de lo que aconteció y hoy ocurre con nuestro territorio Esequibo.  Cuando se declara por los diferentes medios nacionales y extranjeros, sobre asuntos tan vitales  para Venezuela, como lo es la defensa de la integridad y soberanía nacional, con una sospechosa ignorancia del complejo problema, se está aniquilando la voluntad nacional de hacer justicia en la reclamación, de más de un siglo, de nuestro territorio Esequibo; robado por Inglaterra en el fraudulento Laudo Arbitral de París de 1899. 

Desconocen, quienes hoy dirigen al país, la tradición histórica y jurídica de la posesión de Venezuela sobre su territorio Esequibo,  reconocida por Inglaterra en los años 1821, 1823, 1824, 1825 y 1830. La aparición de las riquezas auríferas del Yuruari, motivó las ambiciones colonialistas de la primera potencia mundial para la época, contra un país débil inmerso en  revoluciones y endemias. Cuando se descubre la farsa del Laudo de 1899, donde privaron los intereses de Inglaterra,  Venezuela  denunció  la patraña ante la O.N.U en 1962, por lo que Inglaterra, por vez primera, accede  entrar en conversaciones.

 En febrero de 1966 se firmó el Acuerdo de Ginebra entre Venezuela, Inglaterra y un representante de la  Guayana Inglesa  para buscar soluciones prácticas a la controversia, mediante una  Comisión Mixta que duraría  4 años. Para  dar tres meses más tarde la independencia a su Colonia.  

Sin embargo el congelamiento por 12 años, según el Protocolo de Puerto España en 1970, del reclamo de venezolano, incentivó a Guyana para explorar y explotar en ese territorio nacional usurpado.  En 1985, Venezuela siguiendo el espíritu del Acuerdo de Ginebra y aprobado por la O.N.U, decide adoptar la figura de los Buenos Oficios, aceptado por Guyana, mediante una personalidad de “Buena Voluntad” para conciliar las partes.


 De esto ya llevamos 28 años, donde Guyana ha hecho lo que le dio la gana, en su beneficio geopolítico, económico y militar, hasta el tupé de cerrar nuestra salida al Atlántico frente al Delta del Orinoco. La inacción ó aquiescencia antes estas ilícitas acciones de Guyana y así como, decir estupideces y hasta Secretos de Estado, engrosarán el expediente ó stoppel que Guyana esgrimirá en un futuro contra Venezuela… La Carta Magna vigente señala los delitos de Lesa Patria, sin prescripción,  contra los traidores de esta Venezuela, que es tuya, mía y nuestra. La Patria es primero. Fuera los rojos cubiches, los chulos y los magapas …Hasta luego !!


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”



Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968

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