La respuesta de Guyana
a la AN: La enardecida resolución contiene graves errores fácticos y legales
Internacionales | 12:35pm | 19-03-2017 | Yliana Brett
ELINFORMADOR.COM.VE.-En el acuerdo exhortan al gobierno de
Nicolás Maduro a “enviar este acuerdo a Dag Halvor Nylander, quien fue nombrado
Representante Personal del Secretario General de las Naciones Unidas para la
Controversia Fronteriza entre la República Cooperativa de Guyana y la República
Bolivariana de Venezuela el 27 febrero de 2017, para que ordene suspender de
inmediato todas las operaciones llevadas a cabo dentro del área marítima que
corresponde al territorio en reclamación hasta tanto no se resuelva la
controversia”.
La respuesta del gobierno de Guyana, presidido por David
Granger, fue publicada ayer en el portal del ministerio de la Secretaría de la
Presidencia de Guayana, firmada por “el ministro de Relaciones Exteriores”
En ella señalan que esperan una “resolución completa y
definitiva de la controversia bajo el proceso de Buenos Oficios en el tiempo
limitado que queda”, además que “Tales provocaciones deliberadas y absurdas
exigen que Guyana detenga todas las actividades de desarrollo, especialmente
cuando durante más de cincuenta años Venezuela ha intimidado a Guyana y
obstruido una resolución de la controversia de acuerdo con el derecho
internacional, sólo sirven para socavar esta última oportunidad para las partes
de una vez y para poner fin a este asunto por un acuerdo, a falta de lo cual la
adjudicación será el único medio de solución que quedaría”.
Lea a continuación completa la nota de prensa en traducción
libre del inglés por lapatilla.com
“DECLARACIÓN DE PRENSA DEL GOBIERNO DE GUYANA SOBRE EL
“ACUERDO APROBADO PARA RECHAZAR OPERACIONES PETROLERAS EN EL ESEQUIBO” DE LA
COMISIÓN DE ENERGÍA Y PETRÓLEO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA
BOLIVARIANA DE VENEZUELA”
Se ha llamado a la atención del Gobierno de Guyana a través
de un reportaje en el periódico venezolano El Nacional del 15 de marzo de 2017
que una resolución de la Comisión de Energía y Petróleo de la Asamblea Nacional
de la República Bolivariana de Venezuela titulada “Acuerdo Aprobado de Rechazo
a las Operaciones Petroleras en el Esequibo” donde se ha pedido el cese
inmediato de las actividades de exploración y explotación de petróleo en alta
mar en curso bajo la licencia de Guyana en el bloque de concesión Stabroek
dentro de la Zona Económica Exclusiva marítima de Guyana de conformidad con el
derecho internacional. En la medida en que el Gobierno de Guyana es consciente,
el Gobierno de Venezuela no ha aprobado ni ha respaldado la resolución, en cuyo
caso el Gobierno de Guyana respondería según corresponda.
La enardecida resolución contiene graves errores fácticos y
legales. En primer lugar, sugiere erróneamente que las actividades costa afuera
en aguas de Guyana han comenzado “recientemente”, mientras que la licencia del
Stabroek fue concedida en 1999 y la exploración comenzó el año siguiente en
2000, hace 17 años. En segundo lugar, sugiere erróneamente que a Guyana se le
prohíbe desarrollar sus recursos en esta esfera debido al artículo V del
Acuerdo de Ginebra de 1966. Pero nada en los términos de esa disposición indica
que las partes no pueden ejercer jurisdicción sobre sus territorios soberanos.
De lo contrario, significaría que durante los últimos cincuenta años Guyana no
tenía derecho a desarrollar el 70% de su territorio, lo mismo ocurre con el
desarrollo de Venezuela en la región del Orinoco y la zona marítima adyacente
que, como el Esequibo, fue objeto del Laudo Arbitral de 1899. No hace falta
decir que tal argumento es un absurdo manifiesto.
Esta postura política llega en un momento lamentable cuando
el Secretario General de la ONU nombró al Embajador Dag Nylander como su
Representante Personal para proporcionar a Guyana y Venezuela una última
oportunidad de recurrir al proceso de Buenos Oficios para resolver la
controversia surgida de la afirmación de Venezuela de que la La Sentencia
Arbitral de 1899 que delimita la frontera terrestre entre Guyana y Venezuela es
“nula e inválida”. Las partes tienen hasta finales de 2017 para hacer progresos
significativos para llegar a una resolución final de la controversia, en la que
el Secretario General remitirá la cuestión a la Corte Internacional de
Justicia. Guyana está totalmente comprometida con la búsqueda de una resolución
completa y definitiva de la controversia bajo el proceso de Buenos Oficios en
el tiempo limitado que queda. Tales provocaciones deliberadas y absurdas exigen
que Guyana detenga todas las actividades de desarrollo, especialmente cuando
durante más de cincuenta años Venezuela ha intimidado a Guyana y obstruido una
resolución de la controversia de acuerdo con el derecho internacional, y sólo
sirven para socavar esta última oportunidad para las partes de una vez y para
poner fin a este asunto por un acuerdo, a falta de lo cual la adjudicación será
el único medio de solución que queda.
Guyana sigue comprometida con las relaciones amistosas y de
buena vecindad con el Gobierno y el pueblo de Venezuela, pero se niega
categóricamente a renunciar a cualquiera de los derechos soberanos a los que
tiene derecho en virtud del derecho internacional, en particular el
quincuagésimo primer aniversario de su independencia desde el dominio colonial,
como un nuevo período de prosperidad que espera su pueblo.
Ministerio de Relaciones Exteriores
17 de marzo de 2017
2005 La Guayana
Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición
La Guayana Esequiba Zona en
Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar
la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Nota del editor del blog:
Al referenciarse a la República
Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de
territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de
Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de
febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el
Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus
derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo
de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce
como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha
del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968
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