jueves, 23 de marzo de 2017

La respuesta de Guyana a la AN: La enardecida resolución contiene graves errores fácticos y legales



 La respuesta de Guyana a la AN: La enardecida resolución contiene graves errores fácticos y legales
Internacionales | 12:35pm | 19-03-2017 | Yliana Brett

ELINFORMADOR.COM.VE.-En el acuerdo exhortan al gobierno de Nicolás Maduro a “enviar este acuerdo a Dag Halvor Nylander, quien fue nombrado Representante Personal del Secretario General de las Naciones Unidas para la Controversia Fronteriza entre la República Cooperativa de Guyana y la República Bolivariana de Venezuela el 27 febrero de 2017, para que ordene suspender de inmediato todas las operaciones llevadas a cabo dentro del área marítima que corresponde al territorio en reclamación hasta tanto no se resuelva la controversia”.

La respuesta del gobierno de Guyana, presidido por David Granger, fue publicada ayer en el portal del ministerio de la Secretaría de la Presidencia de Guayana, firmada por “el ministro de Relaciones Exteriores”

En ella señalan que esperan una “resolución completa y definitiva de la controversia bajo el proceso de Buenos Oficios en el tiempo limitado que queda”, además que “Tales provocaciones deliberadas y absurdas exigen que Guyana detenga todas las actividades de desarrollo, especialmente cuando durante más de cincuenta años Venezuela ha intimidado a Guyana y obstruido una resolución de la controversia de acuerdo con el derecho internacional, sólo sirven para socavar esta última oportunidad para las partes de una vez y para poner fin a este asunto por un acuerdo, a falta de lo cual la adjudicación será el único medio de solución que quedaría”.

Lea a continuación completa la nota de prensa en traducción libre del inglés por lapatilla.com
“DECLARACIÓN DE PRENSA DEL GOBIERNO DE GUYANA SOBRE EL “ACUERDO APROBADO PARA RECHAZAR OPERACIONES PETROLERAS EN EL ESEQUIBO” DE LA COMISIÓN DE ENERGÍA Y PETRÓLEO DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA”

Se ha llamado a la atención del Gobierno de Guyana a través de un reportaje en el periódico venezolano El Nacional del 15 de marzo de 2017 que una resolución de la Comisión de Energía y Petróleo de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela titulada “Acuerdo Aprobado de Rechazo a las Operaciones Petroleras en el Esequibo” donde se ha pedido el cese inmediato de las actividades de exploración y explotación de petróleo en alta mar en curso bajo la licencia de Guyana en el bloque de concesión Stabroek dentro de la Zona Económica Exclusiva marítima de Guyana de conformidad con el derecho internacional. En la medida en que el Gobierno de Guyana es consciente, el Gobierno de Venezuela no ha aprobado ni ha respaldado la resolución, en cuyo caso el Gobierno de Guyana respondería según corresponda.

La enardecida resolución contiene graves errores fácticos y legales. En primer lugar, sugiere erróneamente que las actividades costa afuera en aguas de Guyana han comenzado “recientemente”, mientras que la licencia del Stabroek fue concedida en 1999 y la exploración comenzó el año siguiente en 2000, hace 17 años. En segundo lugar, sugiere erróneamente que a Guyana se le prohíbe desarrollar sus recursos en esta esfera debido al artículo V del Acuerdo de Ginebra de 1966. Pero nada en los términos de esa disposición indica que las partes no pueden ejercer jurisdicción sobre sus territorios soberanos. De lo contrario, significaría que durante los últimos cincuenta años Guyana no tenía derecho a desarrollar el 70% de su territorio, lo mismo ocurre con el desarrollo de Venezuela en la región del Orinoco y la zona marítima adyacente que, como el Esequibo, fue objeto del Laudo Arbitral de 1899. No hace falta decir que tal argumento es un absurdo manifiesto.

Esta postura política llega en un momento lamentable cuando el Secretario General de la ONU nombró al Embajador Dag Nylander como su Representante Personal para proporcionar a Guyana y Venezuela una última oportunidad de recurrir al proceso de Buenos Oficios para resolver la controversia surgida de la afirmación de Venezuela de que la La Sentencia Arbitral de 1899 que delimita la frontera terrestre entre Guyana y Venezuela es “nula e inválida”. Las partes tienen hasta finales de 2017 para hacer progresos significativos para llegar a una resolución final de la controversia, en la que el Secretario General remitirá la cuestión a la Corte Internacional de Justicia. Guyana está totalmente comprometida con la búsqueda de una resolución completa y definitiva de la controversia bajo el proceso de Buenos Oficios en el tiempo limitado que queda. Tales provocaciones deliberadas y absurdas exigen que Guyana detenga todas las actividades de desarrollo, especialmente cuando durante más de cincuenta años Venezuela ha intimidado a Guyana y obstruido una resolución de la controversia de acuerdo con el derecho internacional, y sólo sirven para socavar esta última oportunidad para las partes de una vez y para poner fin a este asunto por un acuerdo, a falta de lo cual la adjudicación será el único medio de solución que queda.

Guyana sigue comprometida con las relaciones amistosas y de buena vecindad con el Gobierno y el pueblo de Venezuela, pero se niega categóricamente a renunciar a cualquiera de los derechos soberanos a los que tiene derecho en virtud del derecho internacional, en particular el quincuagésimo primer aniversario de su independencia desde el dominio colonial, como un nuevo período de prosperidad que espera su pueblo.

Ministerio de Relaciones Exteriores


17 de marzo de 2017

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.


Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
  


Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como   Mar    Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968



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