martes, 4 de octubre de 2011

Caso Guyana: Acuerdo de Maduro en Trinidad no resuelve la reclamación

http://www.analitica.com/va/editorial/1071068.asp


Caso Guyana: Acuerdo de Maduro en Trinidad no resuelve la reclamación


Tomado de:

Sábado, 1 de octubre de 2011
Lo lógico, en una cancillería funcional, sería no dejarse entrampar por una situación en la que la delimitación de áreas marinas determine los límites entre los dos países prescindiendo de una solución en la reclamación.

No hay peor sordo que quién no quiere oír, ni peor ciego que el que no entienda la realidad de los hechos. Que el canciller Maduro, después de una intensa presión de la opinión pública venezolana, salga desde Trinidad, orondo, a manifestar que Guyana acepta delimitar con Venezuela es, lo menos que pueda decirse, una verdad de Perogrullo. El problema no es la delimitación de áreas marinas y submarinas que es una obligación internacional regida por el derecho del mar y que no puede evitarse, sino una situación que tal como se anuncia, puede convertirse en un virtual abandono de la Reclamación del Territorio Esequibo.

Hay que insistir que nada se dice, ni se sabe sobre el necesario envío de notas diplomáticas formales y terminantes en las que el Estado venezolano reserve sus derechos con respecto a las delimitaciones efectuadas entre Trinidad y Barbados, y entre Guyana y Surinam que perjudican los espacios marítimos que le deberían corresponder a Venezuela; estas notas diplomáticas para que tengan plenos efectos tienen que circularse entre todos los Estados miembros de las Naciones Unidas y en particular informar al Secretario General de dicha Organización.

No es materia de los facilitadores delimitar la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Su tarea es la de llegar a un acuerdo práctico y satisfactorio para las partes con base en el Acuerdo de Ginebra.

Las negociaciones de delimitación de áreas marinas y submarinas son procesos complejos en los que se requiere, no solo conocimientos jurídicos sino también técnicos. Una vez más la cancillería venezolana confunde, como dice el dicho popular, la magnesia con la gimnasia. Que Guyana acepte, no podía no hacerlo, que hay negociaciones con base al Acuerdo de Ginebra, no es ningún logro. Que los facilitadores sean los que discuten la pretensión guyanesa de extender su plataforma continental puede conducir, si no se maneja bien esa compleja negociación, a considerar que el punto de base para la delimitación pudiera ser punta de playa y confirmar de hecho que nada tenemos que buscar en el territorio Esequibo.

Lo lógico, en una cancillería funcional, sería no dejarse entrampar por una situación en la que la delimitación de áreas marinas determine los límites entre los dos países prescindiendo de una solución en la reclamación. Existen en este caso particular dos situaciones distintas pero conexas, por un lado la plataforma Deltana y por el otro la línea de delimitación que resulte en el mar de una solución a la reclamación con base en el Acuerdo de Ginebra.

Confundir estas situaciones y no entender sus especificidades es, en cierta medida, hacerle el juego a los guyaneses y poner a Venezuela en minusvalía en sus negociaciones para determinar lo que le corresponde de derecho en la extensión de su plataforma continental. La cancillería guyanesa tiene casi por tema central de su quehacer diario el análisis jurídico y político de la reclamación venezolana, en cambio que en la cancillería venezolana, de estos tiempos y en esta materia en particular, prevalece el desconocimiento y la informalidad. Para colmo de sordera se procede, según informa la prensa de hoy, a destituir al (Ej.) Marcos Aurelio Fernández, Director General de Soberanía , Límites y Asuntos Fronterizos. Este general, según informan fuentes autorizadas, tendría meses tratando, sin éxito, de informar al canciller Maduro sobre lo serio de la situación.

¿ Nos preguntamos quién asesorará al facilitador venezolano en este complejo y delicado asunto de soberanía nacional? ¿Estaremos en presencia de una muerte anunciada de la reclamación.

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


 Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.




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