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Mapa Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela
Tomado de:
Sábado, 1 de octubre de 2011
Lo lógico, en una cancillería funcional, sería no dejarse
entrampar por una situación en la que la delimitación de áreas marinas
determine los límites entre los dos países prescindiendo de una solución en la
reclamación.
No hay peor sordo que quién no quiere oír, ni peor ciego que
el que no entienda la realidad de los hechos. Que el canciller Maduro, después
de una intensa presión de la opinión pública venezolana, salga desde Trinidad,
orondo, a manifestar que Guyana acepta delimitar con Venezuela es, lo menos que
pueda decirse, una verdad de Perogrullo. El problema no es la delimitación de
áreas marinas y submarinas que es una obligación internacional regida por el
derecho del mar y que no puede evitarse, sino una situación que tal como se
anuncia, puede convertirse en un virtual abandono de la Reclamación del
Territorio Esequibo.
Hay que insistir que nada se dice, ni se sabe sobre el
necesario envío de notas diplomáticas formales y terminantes en las que el
Estado venezolano reserve sus derechos con respecto a las delimitaciones
efectuadas entre Trinidad y Barbados, y entre Guyana y Surinam que perjudican
los espacios marítimos que le deberían corresponder a Venezuela; estas notas
diplomáticas para que tengan plenos efectos tienen que circularse entre todos
los Estados miembros de las Naciones Unidas y en particular informar al
Secretario General de dicha Organización.
No es materia de los facilitadores delimitar la zona
económica exclusiva y la plataforma continental. Su tarea es la de llegar a un
acuerdo práctico y satisfactorio para las partes con base en el Acuerdo de
Ginebra.
Las negociaciones de delimitación de áreas marinas y
submarinas son procesos complejos en los que se requiere, no solo conocimientos
jurídicos sino también técnicos. Una vez más la cancillería venezolana
confunde, como dice el dicho popular, la magnesia con la gimnasia. Que Guyana
acepte, no podía no hacerlo, que hay negociaciones con base al Acuerdo de
Ginebra, no es ningún logro. Que los facilitadores sean los que discuten la
pretensión guyanesa de extender su plataforma continental puede conducir, si no
se maneja bien esa compleja negociación, a considerar que el punto de base para
la delimitación pudiera ser punta de playa y confirmar de hecho que nada
tenemos que buscar en el territorio Esequibo.
Lo lógico, en una cancillería funcional, sería no dejarse
entrampar por una situación en la que la delimitación de áreas marinas
determine los límites entre los dos países prescindiendo de una solución en la
reclamación. Existen en este caso particular dos situaciones distintas pero
conexas, por un lado la plataforma Deltana y por el otro la línea de
delimitación que resulte en el mar de una solución a la reclamación con base en
el Acuerdo de Ginebra.
Confundir estas situaciones y no entender sus especificidades
es, en cierta medida, hacerle el juego a los guyaneses y poner a Venezuela en
minusvalía en sus negociaciones para determinar lo que le corresponde de
derecho en la extensión de su plataforma continental. La cancillería guyanesa
tiene casi por tema central de su quehacer diario el análisis jurídico y
político de la reclamación venezolana, en cambio que en la cancillería
venezolana, de estos tiempos y en esta materia en particular, prevalece el
desconocimiento y la informalidad. Para colmo de sordera se procede, según informa
la prensa de hoy, a destituir al (Ej.) Marcos Aurelio Fernández, Director
General de Soberanía , Límites y Asuntos Fronterizos. Este general, según
informan fuentes autorizadas, tendría meses tratando, sin éxito, de informar al
canciller Maduro sobre lo serio de la situación.
¿ Nos preguntamos quién asesorará al facilitador venezolano
en este complejo y delicado asunto de soberanía nacional? ¿Estaremos en
presencia de una muerte anunciada de la reclamación.
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana,
a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta
su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio
de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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