sábado, 8 de octubre de 2016

Laudo de París de 1899 despojó a Venezuela del Territorio Esequibo de modo írrito






3 octubre 2016 | 1 Comentario



De este modo los dos árbitros estadounidenses y los dos ingleses nombraron al abogado ruso Frederick De Martens, presidente del organismo, y se avocaron a examinar el caso para dictar su fallo



Un Tribunal arbitral de cinco miembros del cual Venezuela, la parte agraviada había sido excluida, dictaminó el 3 de octubre de 1899, que el Territorio Esequibo -con mas de 159 mil kilómetros cuadrados- pertenecía a Inglaterra, consumó en este día uno de los despojos mas ominosos por vía jurisdiccional contra un país periférico de que se tenga conocimiento en las relaciones internacionales. La decisión ha pasado a la posteridad como “Laudo de París”.

OTROS LAUDOS

Se conoce como “laudo” el dictamen de un árbitro. Y a diferencia de la sentencia de un tribunal, que se sujeta a la ley y sus procedimientos, el laudo se somete a la voluntad del arbitrador. En la historia republicana de Venezuela se dio entre otros el de 1891, dictado por la reina María Cristina, que entregó mas del 90 por ciento de La Guajira a la vecina Colombia. Previo al Laudo de París, tuvo lugar el Tratado de Washington del 2 de febrero de 1897, mediante el cual Inglaterra accedió ante Estados Unidos a formar un tribunal arbitral de cinco personas para dar solución a la querella territorial con Venezuela, siempre que esta nación se hiciese representar por EEUU, apuntando que no se sentarían a discutir la cuestión con ningún venezolano, y acordando que entre los cuatro integrantes designarían al Presidente del Tribunal.

¿HASTA UPATA?

De este modo los dos árbitros estadounidenses y los dos ingleses nombraron al abogado ruso Frederick De Martens, presidente del organismo, y se avocaron a examinar el caso para dictar su fallo. De Martens, profesor de universidades inglesas y quien sostenía puntos de vista según los cuales “países como Venezuela eran pueblos bárbaros o semibárbaros”, manifestó su parcialidad en el litigio por la parte británica. Y los ingleses intimidaron a EEUU bajo la amenaza de que si la cuestión no se resolvía en la mesa, ellos tomarían todo el territorio hasta Upata y el Caroní. Así, Inglaterra por un golpe de complicidades expandió hacia el oeste el territorio de su colonia, la Guayana Inglesa, hasta la confluencia de los ríos Haiowa y Amacuro, y la cima del Espolón en Imataca. Igualmente establecieron el derecho de Inglaterra a navegar en los ríos Amacuro y Barima. Venezuela siempre desconoció el Tratado de París.

ORO DEL YURUARI

Mientras que para 1824 Inglaterra reconocía como su límite con la antigua Capitanía General de Venezuela -entonces integrada a la Gran Colombia-, el Río Esequibo -y este lindero lo plasma el mapa de Agustín Codazzi de 1839-, a partir de 1840 Inglaterra inicia una política de corrimiento de la línea divisoria al esgrimir la potencia europea el trabajo cartográfico de Robert Schomburgk, empleado del Ministerio de Exteriores Británico, y enviando colonos al lado oeste del Río Esequibo. El corrimiento de la frontera, propósito claro de una potencia imperial, tenía un objetivo muy claro: posesionarse de la región del Yuruari donde desde 1740 se conocía la existencia de yacimientos con oro de 21 kilates.

“PRUEBAS NO FUERON PRESENTADAS…”

“La cuestión de la navegación de los ríos no estaba estipulada…esto…con claridad es un punto totalmente a favor de Gran Bretaña…por el hecho de que se plantea la navegación de estos…ríos los cuales no estaban estipulados en el Tratado de Washington. Deja claro [este punto] la forma oscura como se tomaron las decisiones…no se tomó en cuenta los títulos de Venezuela como heredera de la parte oeste del Río Esequibo al momento de tomar la costosa decisión…este carácter también presenta el vicio conocido como “Infra Petita” porque las pruebas a las comprobaciones territoriales no fueron presentadas por los Juristas al momento de la sentencia arbitral”. [En: Historiadiplomaticadevenezuela].

PARA QUE NO TE OLVIDES…

3 de Octubre

DÍA DEL ODONTÓLOGO

El origen de esta efemérides se ubica en 1917, con la creación de la Federación Odontológica Latino Americana (FOLA). A partir de ese momento todos los años el día 3 de octubre se hace una conmemoración a todos los profesionales. La palabra odontólogo proviene del griego “odonto”, cuyo significado es diente. En Venezuela es muy popular la palabra “dentista”, para referirse al profesional de la Odontología, cuya función es de suma importancia para la salud bucal en poblaciones con hábitos de excesivo consumo de azúcares y de otra parte carencias en la higiene rutinaria de sus piezas dentales, lo que constituye factor de incremento de caries y otros padecimientos afines.

1821

BOLÍVAR DICE PREFERIR EL TÍTULO DE “CIUDADANO”

Respondiendo a los reconocimientos que recibía a propósito del triunfo inmortal en la sabana de Carabobo el 24 de junio de aquel año el Libertador Simón Bolívar contesta que para su regocijo el título de Ciudadano es superior al de Libertador, porque este emana de la guerra, y aquel de las Leyes, reiterando su disposición a obedecer las instituciones, y refutando acusaciones que comenzaban a circular acerca de quererse él coronar. Así legaba Bolívar a la posteridad una lección de moralidad al sostener el respeto del hombre de poder por la Constitución y las leyes que rigen a todos los ciudadanos.

1226

MURIÓ SAN FRANCISCO DE ASÍS

Fue un santo que en propiedad merece ser reconocido como “Padre de la Ecología”. Fundó una orden de estrictas prácticas mendicantes; murió en su natal Asís (Italia). Francisco estaba dotado de una sensible pluma, que se expresó en textos como el Cántico al Hermano Sol y Las Florecillas. Así el 4 de octubre se celebra en templos de Caracas la Misa de los Animales, allí los especímenes son llevados por sus dueños y entre silbatos enjaulados y suaves ladridos de pequeños canes sostenidos con una soga, estos reciben el original bautizo de un párroco que convida a proteger los animales.

T/Néstor Rivero
F/Archivo CO

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2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
 



Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como   Mar    Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968


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