miércoles, 7 de diciembre de 2011

Alerta roja sobre el Esequibo

http://www.opinionynoticias.com/opinionpolitica/10334-alerta-roja-sobre-el-esequibo


Tomado de:

Escrito por José Muci-Abraham   

Miércoles, 07 de Diciembre de 2011 06:11
La posición de nuestro país en el caso es y debe continuar siendo que Guyana y Venezuela tienen una controversia pendiente sobre el territorio en reclamación.

El estado actual de la reclamación sobre el Esequibo mueve a justificada preocupación, por la débil atención que le dispensa el Gobierno nacional, tendente a minimizar los intereses de Venezuela en tan delicado asunto. Aunque no pretendemos explorar las razones últimas de esa censurable desatención, no quisiéramos descartar su acentuada orientación política izquierdista, orientada a formar un bloque de naciones contrarias a Estados Unidos, cuyo número acrece con la inclusión de países afrodescendientes. La tendencia castrocomunista de nuestro Gobierno jamás puede traducirse en perjuicio de los intereses de Venezuela.

No podemos permutar votos de otros por territorio nuestro.
 La posición de nuestro país en el caso es y debe continuar siendo que Guyana y Venezuela tienen una controversia pendiente sobre el territorio en reclamación del Esequibo, y que esa controversia se proyecta sobre su espacio terrestre, aéreo y marítimo, indisolublemente. Por lo tanto, Guyana no puede establecer su espacio marítimo, ni su espacio terrestre ni su espacio aéreo sin haber delimitado coetáneamente el conjunto de tales espacios, lo cual debe ser resuelto mediante negociación, siguiendo los lineamientos establecidos por el Acuerdo de Ginebra, de 1966. Por lo que hace al espacio terrestre, Guyana no puede pretender que el ocupado en la actualidad sea el suyo en definitiva, hasta que exista un acuerdo entre ella y Venezuela, con sujeción a los lineamientos establecidos por el Acuerdo de Ginebra, incluida la delimitación de las fronteras marítima y aérea entre los dos Estados.

Mientras el acuerdo global no se produzca el diferendo seguirá siendo un tema pendiente entre los dos Estados. Sólo al surgir un acuerdo consensuado sobre todos los aspectos del diferendo podrá hablarse de un arreglo de éste. Luego de celebrado el Acuerdo de Ginebra, sólo el tratamiento conjunto de la delimitación terrestre, marítima y aérea permite, en buen derecho, alcanzar un acuerdo definitivo sobre el diferendo. Los acuerdos parciales deben ser rechazados para forzar a Guyana a lograr un arreglo global. Hacia este enfoque del asunto deben dirigirse directamente todas las actuaciones de Venezuela. No deben celebrarse arreglos parciales. Sólo una solución global puede darle término a la controversia existente. Las actuaciones unilaterales de Guyana, tendentes a segmentar arbitrariamente el problema, deben considerarse ilegítimas, de mero hecho, merecedoras de un inmediato y enfático desconocimiento por parte de Venezuela.


II
El Acuerdo de Ginebra es claro y terminante cuando dispone: "Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este acuerdo constituirá fundamento para (...) negar una reclamación de soberanía territorial en los territorios de Venezuela o la Guyana Británica, ni para crear derechos de soberanía en dichos territorios, excepto en cuanto tales actos o actividades sean resultado de cualquier convenio logrado por la Comisión Mixta y aceptado por escrito por el Gobierno de Venezuela (...) Ninguna nueva reclamación o ampliación de una reclamación existente a soberanía territorial en dichos territorios será hecha valer mientras este acuerdo esté en vigencia, ni se hará valer reclamación alguna sino en la Comisión Mixta mientras tal comisión exista".

Guyana ha estado violando de manera flagrante lo convenido con Venezuela al autorizar ­sin la aquiescencia escrita de Venezuela­ exploraciones o explotaciones mineras en partes del territorio en reclamación, como lo hizo recientemente en el caso de la empresa Guyana Goldfields.

Ante estos descarados incumplimientos, Venezuela debe exigirle a ese país, de manera directa e inequívoca, el inmediato cese de tales incumplimientos y su pronta reparación, so pena de exponerse a una reclamación compulsiva de Venezuela, incluso, llegado el caso, encomendándole a la Fuerza Armada Nacional la solución del asunto, pues a ella incumbe "garantizar la independencia y soberanía de la nación y asegurar la integridad del espacio geográfico". ¡El comunismo del siglo XXI no nos doblegará para que aceptemos la abdicación de nuestros derechos territoriales! El Gobierno nacional es responsable, en todos los niveles a los cuales compete el diferendo territorial, de las resultas del enfrentamiento con Guyana, si por causa de debilidad en su atención el asunto no se aborda de manera eficaz y favorable a los intereses de Venezuela. ¡Que cada quien asuma sus responsabilidades!

(*): Doctor en Derecho y profesor jubilado de la UCV
el-nacional.com


Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


 Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.






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