jueves, 6 de octubre de 2011

Para evitar un mal mayor III (La Guayana Esequiba)

http://www.analitica.com/va/internacionales/opinion/1483489.asp



Julieta Salas de Carbonell/Código Venezuela
Jueves, 6 de octubre de 2011






En el pequeño folleto El litigio de la Guayana: revelación de los papeles de los árbitros que habían permanecido ocultos en archivos ingleses, publicado por nuestro Ministerio de la Defensa en 1962, encontramos que “Venezuela fue humillada con la composición del tribunal (…) Estados Unidos e Inglaterra habían convenido que ningún jurista venezolano formara parte del tribunal”. Ningún árbitro inglés se sentaría junto a un criollo, un jurista mestizo con olor a trópico.


Así fue como el Tribunal de Arbitraje quedó constituido por dos juristas británicos, dos juristas norteamericanos: Severo Mallet-Prevost y Benjamín Harrinson en representación de Venezuela  y como Presidente del Tribunal y quinto árbitro “neutral” el profesor Frederick de Martens, de la Cancillería de San Petersburgo en la Rusia Zarista, con amplia experiencia en resolver litigios, muy amigo de la reina Victoria y de los intereses británicos.


Friedrich Fromhold Martens (1845-1909)
Desde junio a octubre de 1899, cuatro calurosos meses de verano, deliberó el Tribunal de Arbitraje  en París, la capital de Francia. Al cabo de las deliberaciones y al final, en menos de seis días, los árbitros prepararon “una sentencia que debía basarse en el análisis de cerca de tres mil documentos con una bibliografía que se calcula en unos cien volúmenes, de los que una veintena eran de interés capital”. (Ministerio de la Defensa 1962)




La sentencia dio a Gran Bretaña casi todo lo que reclamaba, Lord Salisbury quedó encantado con el resultado del arbitraje. El fallo solo favoreció a Venezuela en conservar las bocas del río Orinoco y una porción de territorio adyacente a este, mientras que al Reino Unido se le adjudicaba una gran porción al oeste de los mil kilómetros del río Esequibo, que posteriormente sería delimitado por una comisión mixta venezolano-británica.



La sentencia del Tribunal de Arbitraje causó sensación en Londres, donde salió publicada el 11 de octubre de 1899 en la revista Punch una caricatura de Lord Salisbury con una sonrisa pícara en sus labios,  “a la salida del Tribunal llevándose a manos llenas las minas, los bosques 60.000 millas cuadradas, la línea Schomburgk” (Ministerio de la Defensa 1962).




Muchos años pasaron hasta que en 1944, al fallecer Severo Mallet-Prevost, uno de los dos representantes de Venezuela en el Tribunal de Arbitraje, se conoció la historia secreta de este laudo al ser publicado un memorándum escrito por este jurista donde revelaba que el Laudo Arbitral de París fue una componenda política y daba a conocer algunos acontecimientos determinantes, hasta entonces ignorados.



En ese documento Mallet-Prevost declaraba “…si bien es cierto que (el laudo) dio a Venezuela el sector en litigio más importante desde un punto de vista estratégico, fue injusta para Venezuela y la despojó de un territorio muy extenso e importante sobre el cual la Gran Bretaña no tenía, en mi opinión, la menor sombra de derecho…”, el sector en litigio, la hoya del río Cuyuní y el territorio despojado, nuestra guayana esequiba.


Este laudo absurdo e injusto, “sólo puede ser comprendido dentro de un marco histórico general y en función de las relaciones anglo-rusas en la segunda mitad del siglo XIX, habida cuenta de sus intereses específicos”. (Navel Pérez s/f).


El presidente del Tribunal y quinto voto decisivo, el ruso de Martens accedió a las pretensiones del Imperio Inglés en tierras suramericanas a cambio de una componenda política entre ese imperio y el Imperio de los Zares “dos Imperios con intereses contrapuestos (obtienen) a expensas de Venezuela compensaciones recíprocas. El Laudo fue resultado de una transacción política que se hizo a espaldas de Venezuela sacrificando sus legítimos derechos.” (Navel Pérez s/f).


Severo Mallet-Prevost expone que, con todo cinismo, de Martens le había informado que los árbitros ingleses iban a decidir “en favor de la línea fronteriza que daría a Gran Bretaña el control de la boca principal del Orinoco” y todo el territorio del Cuyuní, y que si él y Harrinson, el otro árbitro estadounidense, insistían en la frontera natural del río Esequibo, de Martens “se pondrá del lado de los británicos.”


Continuaba Mallet-Prevost  que ante esta posición del árbitro ruso y por el cambio de actitud que había observado en los árbitros ingleses, se convenció que durante la visita de Martens a Inglaterra había tenido lugar un arreglo entre Rusia y Gran Bretaña.


Al enterarse el general Harrison (el otro árbitro estadounidense) lo que acababa de pasar calificó la conducta de Gran Bretaña y Rusia en términos muy fuertes, empero aceptó la propuesta de de Martens “… si algún día se supiera que estuvo en nuestras manos conservar la desembocadura del Orinoco para Venezuela y que no lo hicimos, nunca se nos perdonaría. Lo que de Martens propone es inicuo, pero no veo cómo se puede hacer otra cosa que aceptar”. Para evitar un mal mayor y por la complicidad gringa perdimos la Guayana Esequiba.

 Al conocerse el resultado del laudo arbitral en Venezuela, su dictamen causo gran sorpresa e indignación y el presidente Ignacio Andrade, a pesar de la crisis por la que atravesaba su gobierno y el país, el siete de octubre de 1899 hizo pública protesta, pero Andrade fue derrocado el 19 de octubre de 1899 por Cipriano Castro…


FUENTES
Ministerio de la Defensa. 1960. El litigio de la Guayana: revelación de los papeles de los árbitros que habían permanecido ocultos en archivos ingleses. Ministerio de la Defensa. Caracas.


Las fotografías que acompañan esta crónica fueron tomadas de Wikimedia.


Sobre la autora
Juli Salas de Carbonell. Escritora. Ha publicado “Caminos y fogones de una familia merideña” (Fundación Empresas Polar. Caracas. 2009). Tiene en preparación un libro sobre la Expedición Franco-Venezolana que descubrió las cabeceras del Orinoco.



Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


 Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.


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