http://www.forestpeoples.org/sites/fpp/files/publication/2013/07/e-newsletter-july-2013-colour-spanish-low-res-2.pdf
Tomado de:
En abril y mayo de 2013 la Asociación de Pueblos Amerindios
(APA) de Guyana y un consorcio de ONG europeas, entre las que se incluye el
Forest Peoples Programme, enviaron sendas cartas a la Comisión Forestal
de Guyana (GFC por sus siglas en inglés) y la Comisión Europea
(CE) expresando su inquietud ante los acelerados procesos de consulta y la
falta de participación significativa de comunidades que dependen de los bosques
en el proceso FLEGT.
Hasta la fecha no ha habido respuesta oficial de la UE. La GFC ha contestado
diciendo que, a pesar de las muchas pruebas que demuestran lo contrario, se ha
asegurado la participación efectiva de tales comunidades en el proceso, y de momento
sigue sin comprometerse firmemente a frenar el proceso.
Lea aquí la carta que la APA dirigió a la Comisión
Forestal de Guyana (solamente disponible en inglés):
http://www.forestpeoples.org/region/guyana/
publication/2013/amerindian-peoples-association-sletter-
guyana-forestry-commission-re
Lea aquí la carta que el FPP, FERN y Global Witness
dirigieron a la Comisión Europea
(solamente disponible
en inglés):
http://www.forestpeoples.org/region/guyana/
publication/2013/fpp-fern-and-global-witness-letter-eucommission-
and-guyanese-governm
2005 La Guayana Esequiba
– Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa
de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados
al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano
en representación de la Nación
venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba
en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del
nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y
reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus
derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen
izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba
sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita
al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo,
tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano
Atlántico...”
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial
mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968
No hay comentarios:
Publicar un comentario