viernes, 28 de agosto de 2015

Presidente de Guyana solicitará la intervención judicial en el caso del Esequibo - See more at:



 David Granger, presidente de Guyana, manifestó que la controversia entre su país y Venezuela por el territorio Esequibo debe solucionarse por la vía de la intervención judicial sin importar el costo En una reunión con diplomáticos y ejecutivos de negocios, celebrada el lunes 29 de junio en el marco de la asamblea anual de la Comisión del Sector Privado, el presidente de la República cooperativa de Guyana, David Granger, se pronunció de nuevo sobre el diferendo limítrofe con Venezuela por el territorio del Esequibo y expresó que irá por la vía de la intervención judicial sin importar el costo, según reseña una nota publicada este miércoles por Guyana Times. 

En su intervención, Granger manifestó que Venezuela “se ha empeñado en demostrar” que le pertenece parte del territorio de Guyana, a pesar de que un tribunal fijó la frontera en 1899. “Tenemos que lidiar con esto. Hace 150 años este asunto se resolvió”, dijo el mandatario, acotando que parte del territorio reclamado por Venezuela tiene abundantes recursos. El medio recuerda que desde principios de año el gobierno guyanés es partidario de tomar la vía judicial porque considera que la figura del Buen Oficiante, tras años de actuación, no dio resultados. 

El presidente de Guyana dijo que su gobierno espera que los apoyen y se unan en el acercamiento que harán con el Secretario General de Naciones Unidas, bajo lo establecido en el Acuerdo de Ginebra, para llegar a un arreglo judicial. Además señaló que Guyana nunca ha querido dejar la amistad con Venezuela y que poner fin a la controversia a través del proceso de la ley internacional será un regalo para las futuras generaciones de ambos países. - See more at:


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

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Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968







INMADUREZ LIMÍTROFE DE VENEZUELA



El Mundo 25 Jun 2015 - 9:46 pm
Caracas aún no responde a nota de protesta

No se puede considerar el decreto 1787, emitido por Venezuela, una delimitación expresa y unilateral, pero al analizar otros de sus parágrafos se identifica una afirmación de soberanía tácita.

Por: Walter Arevalo

El presidente de Venezuela, Nicolás Maduro, no ha respondido a la nota de protesta enviada por Colombia el 17 de junio. / AFP

El decreto 1787 (27 de mayo de 2015), por el cual el gobierno venezolano crea las Zonas de Defensa Marítima e Insular (Zodimain) y entre ellas la Zodimain Occidental, que se superpone a la posición colombiana en el golfo de Coquivacoa, no es el primero ni será el último de una serie de actos unilaterales que dificultan el largamente buscado acuerdo entre las partes en los espacios marítimos entre la península de La Guajira (Castilletes) y la península de Paraguaná (Punta Salinas), en lo referente al golfo y, de otro lado, a los espacios marítimos entre Punta Espada y Los Monjes.

El decreto es una muestra más del controversial proceder de Nicolás Maduro en política exterior, pero también de la carencia de certeza que aqueja a muchos de los espacios marítimos colombianos, bajo el antecedente del inexistente meridiano 82 como supuesto límite colombiano en el diferendo con Nicaragua, que nunca existió como tal más allá de los mapas impresos en el país; frontera que vino a ser construida posteriormente por la Corte Internacional de Justicia en un fallo que el país no termina de entender como lo que fue: una solución y no una derrota.

La naturaleza y el contenido del decreto y ciertas conductas de Venezuela respecto a los instrumentos relativos al derecho del mar deben ser estudiados con cuidado para entender la estrategia venezolana.
Lo primero es establecer si el decreto y la Zodimain son, en efecto, un límite marítimo construido unilateralmente y si aquél tiene alguna validez jurídica internacional. El decreto nunca menciona expresamente la Zodimain Occidental como “límite”, “delimitación” o “frontera” entre Colombia y Venezuela.

Curiosamente, todas las otras Zodimain creadas sí se presentan expresamente en el decreto como correspondientes al límite con los otros países colindantes con Venezuela: la Zodimain Atlántica reproduce expresamente los puntos geográficos establecidos en el tratado limítrofe entre Venezuela y Trinidad y Tobago, las Zodimain Oriental y Central expresamente dicen reflejar los puntos geográficos de los tratados limítrofes entre Venezuela, Estados Unidos y el Reino de los Países Bajos. Incluso, la misma Zodimain Occidental, que se sobrepone a los intereses de Colombia, en sus puntos más al norte de Los Monjes, expresamente dice reproducir los puntos geográficos del tratado entre Venezuela y República Dominicana.

Ante la inexistencia de un tratado definitivo entre Venezuela y Colombia, que la Zodimain tratase de reproducir o modificar unilateralmente, y la ausencia de la expresión “límite” en el decreto, tendiente a establecerla como frontera, no se puede considerar al decreto como una delimitación expresa y unilateral, pero al analizar otros de sus parágrafos se identifica que existe una delimitación y afirmación de soberanía tácita.

Hay un límite unilateral tácitamente construido, primero, porque el decreto define las Zodimain como zonas de “jurisdicción” venezolana, más allá de su mar territorial (12 millas alrededor del golfo hasta Castilletes, donde empieza la frontera terrestre colombiana) y en espacios marítimos en disputa más allá de la línea media propuesta por Colombia; segundo, porque, según los considerandos del decreto, las Zodimain son “espacio geográfico”, creadas para asegurar la “independencia y soberanía, la defensa integral y el desarrollo nacional”, y tercero, porque incluso puntos que conforman la Zodimain Occidental, como el A (latitud 100 08’ 23.1” N, longitud 0650 25’ 48,5” W), el F y el E, estarían en el mar territorial colombiano en el interior del golfo y el mar territorial al occidente de Los Monjes.

¿Puede existir un límite marítimo unilateral y tácito construido por decreto? La respuesta desde el derecho internacional público y el derecho del mar es, a todas luces, un no rotundo.

En primer lugar, porque tanto las negociaciones entre estados para la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, incluyendo los tratados producto de la I Conferencia (Convención sobre Mar Territorial y Zona Contigua de 1958, de la cual Venezuela es parte), como la Convención sobre Alta Mar, la Convención sobre Plataforma Continental y la Convención sobre Pesca y Conservación de los Recursos Vivos de la Alta Mar son prueba de una costumbre internacional de carácter universal que establece que la delimitación marítima debe ser resultado de un tratado y del acuerdo entre las partes. Incluso la literatura identifica una prohibición internacional de delimitar unilateralmente.

De los trabajos preparatorios de la Comisión de Derecho Internacional que dieron vida a la Convención se deriva el principio, apoyado en costumbre, de que una delimitación internacional no puede ser afectada por normas de derecho interno y que tal norma interna no puede ser impuesta como límite. Estos principios son aplicables a Venezuela por ser costumbre universal, pero también porque Venezuela es parte de la Convención sobre Mar Territorial y Zona Contigua desde 1961.

El artículo 74.1 de la Convención del Mar recopila esta costumbre de manera expresa: “La delimitación de la zona económica exclusiva entre estados con costas adyacentes o situadas frente a frente se efectuará por acuerdo entre ellos sobre la base del derecho internacional, a que se hace referencia en el artículo 38 del Estatuto de la CIJ, a fin de llegar a una solución equitativa.” Que los estados hagan parte o no de la Convención sólo haría inaplicable la competencia de los mecanismos de solución de controversias disponibles en la Convención, mas no el principio que obliga a que la delimitación sea por mutuo acuerdo, situación de Colombia y Venezuela actualmente.

Igualmente, la Corte Internacional de Justicia ha reconocido en numerosas ocasiones que la delimitación no puede ser construida de forma unilateral. En el caso de las pesquerías anglo-noruegas, Gran Bretaña c. Noruega, sentencia del 18 de diciembre de 1951, página 132, se estableció lo que muchos consideran, una prohibición de delimitar unilateralmente desde el derecho interno. En la sentencia, la Corte dijo: “La delimitación de las áreas marinas siempre ha sido un asunto de carácter internacional; no puede depender únicamente de la voluntad de uno de los estados expresada en su derecho interno. Si bien es cierto que el acto de iniciar la delimitación es necesariamente un acto unilateral, porque sólo el Estado costero es competente para emprenderlo, la validez de la delimitación respecto a otros estados depende del derecho internacional.”

No debe haber temores ni alarmismos jurídicos al respecto, pero se requiere una renovada avanzada diplomática, pues la única vía es la negociación directa de un tratado. El decreto es inoponible, es decir, no tiene ningún efecto para Colombia. La estrategia de Venezuela es forzar a Colombia a negociar, bajo la presión de una imposición discursiva, sus puntos limítrofes deseados, pues no hay cortes internacionales competentes para conocer del caso.

Venezuela presentó reservas a los artículos 12 y 24 de la Convención del 58 (no ratificada por Colombia), que intentan inútilmente imponer su postura de que el golfo de Venezuela es una bahía histórica con circunstancias especiales que le pertenece plenamente, contrario a la norma internacional que indica que el método de delimitación debe ser la línea media equidistante, teoría defendida por Colombia en las negociaciones y método ampliamente aceptado por las cortes internacionales, por lo que Venezuela las evita.

* Abogado, politólogo, especialista en derecho constitucional, LLM (Master of Laws) en derecho internacional (Summa Cum Laude) y Research Assistant en Stetson College of Law. Profesor de derecho internacional de la U. del Rosario, U. Javeriana y U. El Bosque.

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


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Guyana presionará a Exxon para lograr tope de producción en el Esequibo



Julio 1, 2015 8:19 amPublicado en: Actualidad, Economía
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(Foto Reuters)
El hallazgo de petróleo hecho por la compañía estadounidense Exxon Mobil en el Esequibo, podría llegar a alcanzar hasta 1,5 mil millones de barriles de petróleo, de acuerdo con el ministro de Estado de Guyana, Raphael Trotman.Reseñó El Nacional
El ministro anunció ayer que el gobierno de su país podría presionar a la petrolera para lograr este objetivo de producción en cinco años, afirmó el portal digital Stabroek News.
“Entendemos que una cantidad importante de hidrocarburos ha sido descubierto. No sabemos la cantidad exacta, pero sabemos que podría estar rondando entre 800 y 1,5 mil millones de barriles”, afirmó Trotman.
El gobierno de Guyana ha asegurado que Exxon Mobil continuará con sus exploraciones, pese a las solicitudes de Venezuela de que la petrolera paralice los trabajos en un territorio que reclama como suyo.
Más información en El Nacional

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Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


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Govt pushes for judicial settlement – Granger



July 1, 2015 By GuyanaTimes

President David Granger
Guyana/Venezuela border controversy
President David Granger has once again committed to bringing an end to the decades-old border controversy between Guyana and neighbouring Venezuela, telling a group of diplomats and business executives that he would be going the route of judicial intervention no matter the cost.

The Head of State made the pronouncement when he addressed members of the Private Sector Commission (PSC), at its Annual General Meeting (AGM) on Monday. Venezuela has been bent on seeking to prove that it owns part of Guyana, despite a decision handed down by the Arbitral Tribunal agreed to by both Venezuela and Great Britain, the colonial masters of British Guyana,   in the 1899 Arbitral Award that determined the border.

“We have to deal with this. One hundred and fifty years ago, this matter was settled …,” the Head of State said, noting that the part of Guyana’s territory being claimed by Venezuela has an abundance of resources.

Guyana had committed to taking the judicial route of action earlier this year, after years of committing to the Good Offices Process. Government had declared that the process was yielding little or no results. In a statement at the opening of Guyana’s 11th Parliament on June 10, Foreign Affairs Minister Carl Greenidge called on Venezuela in joining this nation in moving to the courts to pursue a judicial settlement of the controversy.

“We, therefore, expect them now to join in our approach to the UN Secretary General under the Geneva Agreement for a judicial settlement of their questioning of the validity of the 1899 Award…” Greenidge had said in a subsequent statement. He said Guyana has never strayed from the path of friendship with Venezuela, adding that bringing the matter to an end by due process of international law, as was proposed by Guyana, would be a gift to future generations in both countries

Shadow
The Foreign Affairs Minister pointed out that for the past 49 years, Guyana has been living under the shadow of Venezuela’s illegal claims. He added that in order to ensure that the country’s sovereignty and territorial integrity are not compromised, a definite solution has to be found that will put Venezuela’s contention of nullity to rest.

The Vice President outlined that the Good Offices Process adopted under the Geneva Agreement of 1966, which has been in place as a means of peaceful settlement of the issue between the two countries, has failed to resolve the territorial issue and with this new decree, the contentious gap between the neighbouring countries has widened. As such, Greenidge opined that the only way forward may be through a judicial settlement.

Venezuelan President Nicolas Maduro had last Thursday postponed the session of the National Assembly which he was expected to attend to establish a position in defence of the territorial dispute between his country and Guyana over space in the Essequibo. He had reported his visit to the plenary session “to present the official position to defend the historical claim, the dispute over the Essequibo, and to seek national unity, to ask for support from across the country to face the challenge of ExxonMobil,” reported the state-run AVN news.

“I’m going to denounce international manoeuvre of the right to provoke Venezuela with problems with neighbouring countries, and I’ll summon the civil union and the military to defend our country, our land and our historical positions,” Maduro had said. The decades-old controversy began in the 1800s when Guyana was a colony of the British. A Tribunal of Arbitration finalised its decision on October 3, 1899, awarding unanimously to Britain almost 90 per cent of the disputed territory.

Final settlement
Venezuela, up until now, has not accepted the 1899 Award as a final settlement of the border dispute although it only made its contention international in 1945. In 1949, the US jurist Otto Schoenrich gave the Venezuelan Government a memorandum written by Severo Mallet-Prevost, the Official Secretary of the US-Venezuela delegation in the Tribunal of Arbitration, which was written in 1944 to be published only after his death. Mallet-Prevost, one of the four lawyers who had appeared for Venezuela before the Arbitral Tribunal, surmised from the private behaviour of the judges that there had been a political deal between Great Britain and Russia and for the first time, attacked the Award. This memorandum led to Venezuela’s revival of its claim to Guyana’s territory.

In 1966 in Geneva, Switzerland, the Governments of British Guiana, the United Kingdom and Venezuela signed an agreement to resolve Venezuela’s contentions. Since the issue has sporadically flared up and has not been resolved.

The issue reignited in early March when the Government of Guyana granted access to the United States-based oil exploration company ExxonMobil, allowing it to drill for oil in the Stabroek block offshore Essequibo.

The Venezuelan Government was peeved at this move and made direct contact with the oil company, urging it to discontinue its attempt to carry out drilling activities in the area. Saying it had no part in the territorial issue, the oil company went ahead with its drilling activity. It recently reported the discovery of oil. Maduro later issued a decree on May 26, which purports to ratify maritime sovereignty over waters within 200 miles including the entire Atlantic Ocean off the Essequibo Coast as well as part of Suriname’s maritime territory and an area which is under dispute with Colombia.

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Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

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ENFRENTAMIENTO CON TODOS LOS VECINOS?

Mapa Oficial de la República Bolivariana de Venezuela con la Zona en Reclamación - La Guayana Esequiba

La reciente publicación en Gaceta Oficial del Decreto 1787 ha generado una indignación de  los países vecinos que protestaron por la manera unilateral como se fijaron las fronteras, creando además “Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular” Atlántica, Central y Occidental.

El tema de la delimitación de las  fronteras terrestres y marítimas es un tema delicado que debe resolverse de manera equilibrada pero firme, y para ello es necesario  poder definir una Política de Estado, en la que deben considerarse los aportes que forman parte del patrimonio histórico que ha caracterizado la actuación venezolana durante décadas, e incorporar la participación de los negociadores del pasado, de los académicos y especialistas que conocen los alcances jurídicos y del Derecho Internacional, de los dirigentes políticos, de los militares y de la opinión pública en general.

En el tema de fronteras la actual Administración ha ido de un extremo al otro: inicialmente pecó por defecto, ya que la “diplomacia bolivariana” no actuó jurídicamente cuando debía hacerlo, para luego asumir una decisión que se ubica en el otro extremo, para pecar por exceso con el Decreto aprobado. Algunos analistas ven con simpatía el Decreto porque alegan que la posición de los militares influyó para marcar una respuesta que pusiera fin al silencio de los últimos tres lustros. Pero lo cierto es que las áreas definidas unilateralmente, ponen en peligro  la defensa de nuestra soberanía, además de imprimirle un mensaje guerrerista invocando prácticamente la definición de un “mare nostrum” sin tener en cuenta el arte y la ciencia de la diplomacia, que debe buscar los mecanismos de solución pacifica de las controversias como señala la Carta de las Naciones Unidas.

La torpeza de los alcances del Decreto, ha unido a países vecinos como Guyana y Colombia, quienes han emitido notas de protesta y anunciado que procuraran otros mecanismos que aclaren  la nueva definición arbitraria. Otros países vecinos como Surinam o la Guayana Francesa, se sienten igualmente afectados, pero a pesar de su malestar no han reaccionado públicamente todavía, a lo que se suma el descontento de las Antillas Neerlandesas, que también se consideran afectadas por el tono de la definición. Guyana anunció que llevaría ante los Jefes de Gobierno del Caricom, los primeros días de Julio una posición dirigida a los Países del Caribe, con lo que se corre el riesgo de otras respuestas que pondrían en peligro todos los esfuerzos de estar presentes en el Mar Caribe.

 Lo cierto es que si no se lleva el tema fronterizo con la necesaria cautela, y en la próxima reunión de la Asamblea Nacional ya anunciada, se procede a usar un lenguaje guerrerista, sin tener en cuenta la preocupación de nuestros vecinos, o acusar a los diputados de oposición como “traidores a la Patria” por no unirse de manera incondicional a los errores producto de la improvisación, sería muy grave.

Pero si ante el creciente deterioro del Gobierno por la crisis humanitaria, económica, social, política e institucional, se procura crear una cortina de humo para obtener respaldos “patrióticos”, se corre un riesgo mayor, porque además de poner en peligro nuestras fronteras, repetiría  errores de Gobernantes como Videla con las Malvinas, cuyos resultados fueron desastrosos. La delimitación arbitraria fijada, lejos de defender nuestra soberanía, más bien pone en riesgo las legítimas aspiraciones fronterizas de Venezuela, por lo que es necesario que se revise con mucho cuidado el rumbo emprendido y se convoque a todos los sectores del país para encontrar una posición común.

Milos Alcalay
milosalcalay@yahoo.com
@milosalcalay

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Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


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Cohen: Con toda seguridad vamos a recuperar el Esequibo






29 jun, 2015 Crédito de imágenes: Globovisión 

Pablo Cohen, especialista en temas fronterizos, expresó con firmeza en el programa Brújula Internacional que el territorio en reclamación se va a recuperar.
“Quien hace un balance desde 1810 hasta hoy lo sabe”
Asimismo, hizo un recuento de los momentos históricos. Se refirió al laudo arbitral que Venezuela rechazó en el año 1962 y posteriormente en el año 1966, Gran Bretaña reconoció la existencia de un diferendo y se firmó el Acuerdo de Ginebra.

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“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


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ANÁLISIS SITUACIONAL ENTREVISTA A DARÍO MORANDY



Antecedentes
La verdad ante el reclamo la Guayana Esequiba y la campaña  psicológica  de desinformación  ante  la reclamación,  reivindicación, recuperación, integración,  anexión, o unificación de los territorios ubicados al Oeste del río Esequibo conocidos como  la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación  por parte de   operadores políticos funcionarios,  asesores y consultores desatada por cuestiones eminentemente ideológicas  y de poder . 


¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte I

¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte. II

¿A qué acuerdo llego el Presidente Hugo Rafael Chávez Frías, ante la reclamación de la Guayana Esequiba? Parte. III y última


Publicado el 25 jun. 2015
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“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


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Videos sobre la cuestion de limites con Guyana La Guayana Esequiba

Mapa Oficial de la República Bolivariana de Venezuela con la Zona en Reclamación - La Guayana Esequiba


VTV | CYC: Video análisis: Esequibo, territorio venezolano

José Gregorio Contreras | Debate sobre el Esequibo no se debe politizar

Maduro | Presidente pedirá la defensa del diferendo territorial del esequibo 2015

Karol Censore | Especialista: Esequibanos han sido tratados como extranjeros en Venezuela

Leonor Azpurua | Sería correcto el debate del Esequibo en la AN

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Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.





Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968