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martes, 6 de octubre de 2015

Guyana pone bajo sus límites la desembocadura del río Esequibo


Jul 29, 2015

En la Gaceta Extraordinaria Nº 1629 se establecen los límites de Guyana en los ríos Demerara, Berbice y Esequibo; y en el caso de este último, el límite sobrepasa la línea media del canal de navegación principal

Redacción La Razón
El Gobierno de Guyana publicó el pasado 23 de julio la Gaceta Extraordinaria Nº 1.629, en donde fija las coordenadas de los límites marítimos del país en el territorio del Esequibo, el cual está siendo disputado con Venezuela.
En el texto, se establecen los límites de Guyana en los ríos Esequibo, Demerara y Berbice, para lo que se cita los “poderes conferidos” por la Ley de Zonas Marítimas local y de acuerdo con el estatuto de la Convención de la ONU sobre la Convención del Derecho del Mar de 1982.
Las coordenadas establecidas en este decreto fijan como límite para Guyana la desembocadura del río Esequibo, dejando a Venezuela sin la división de territorio establecida en el mapa de la Capitanía General de la República de 1.777. Según lo norma el Derecho Internacional, la frontera de un río navegable debe establecerse sobre la línea media del canal de navegación principal.

La responsable de la unidad de Fronteras del Ministerio de Asuntos Exteriores, Donnette Streete, señaló a la agencia EFE que ese documento “delimita las aguas internas” de Guyana y “no guarda expresa relación con la Zona Económica Exclusiva (ZEE)”.
Desde que se divulgó el documento, el ministerio no había emitido comunicado oficial alguno sobre temas relacionados con su territorio o la disputa territorial con Venezuela; sin embargo, este miércoles el canciller, Carl Greenidge, señaló una contradicción al afirmar que la publicación “refuerza la posición de Guyana sobre la propiedad del mar territorial, la Zona Económica Exclusiva y la plataforma continental”.
En declaraciones ofrecidas a periodistas y citadas por AFP, dijo que esta acción es para “garantizar que no haya confusión en el transporte marítimo internacional”.

En rojo los límites fijados en la Gaceta Extraordinaria de Guyana 1629; en verde las coordenadas de la Zodimain Atlántica, según el Decreto 1787 de Venezuela, recientemente derogado. Abajo de estas líneas el detalle de la desembocadura del Río Esequibo que, según Guyana, le pertenece.


Hace dos meses, Venezuela hizo lo propio y extendió unilateralmente su frontera marítima a través el decreto Nº 1.787 que provocó tensiones con Colombia y Dominica y reavivó la controversia con Guyana. En el caso del Esequibo, el Gobierno de Nicolás Maduro delimitó la acción de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb) hasta la mitad del río homónimo.
Nicolás Maduro visitó el martes en Nueva York al secretario general de Naciones Unidas, Ban Ki-moon, para solicitar que se reanude la mediación con Guyana. La reunión culminó con la promesa de la activación del mecanismo de Buen Oficiante por parte de una comisión de la ONU.
Descarga la Gaceta Extraordinaria de Guyana Nº 1629 aquí: Extraordinary-gazette_23jul15


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968




jueves, 29 de noviembre de 2012

Venezuela: La defensa de la fachada atlántica

http://www.eluniversal.com/opinion/121127/la-defensa-de-la-fachada-atlantica
http://www.eluniversal.com/opinion/121127/la-defensa-de-la-fachada-atlantica


Tomado de:

SADIO GARAVINI DI TURNO |  EL UNIVERSAL
Martes 27 de noviembre de 2012  12:00 AM
La reciente sentencia de la Corte Internacional de Justicia, en el caso de Colombia y Nicaragua, falló a favor de Colombia en cuanto a la soberanía sobre los cayos en discusión, pero limita los derechos sobre los espacios marítimos que le corresponderían ya que solo les otorga mar territorial y los priva de su plataforma continental y zona económica exclusiva.

Colombia, por tanto, en comparación con lo acordado en el Tratado bilateral Esguerra-Bárcenas de 1928, pierde decenas de miles de kilómetros cuadrados de plataforma continental y zona económica exclusiva. La fuerte reacción negativa de todos los sectores de la sociedad colombiana subraya la justa relevancia que Colombia le da a la defensa de su soberanía y sus intereses en las áreas marinas y submarinas. 

El gobierno de Venezuela debería cuidar mucho su reacción pública frente a esta sentencia, no vaya a ser que la acostumbrada ceguera ideológica y la alianza "estratégica" con Nicaragua le haga olvidar nuestro interés en la zona económica exclusiva proyectada por la Isla de Aves. Pero, lo que me interesa destacar en esta nota es la falta de capacidad con la cual el Gobierno ha manejado no solo la reclamación del Esequibo y su proyección en áreas marinas y submarinas sino la misma fachada atlántica del delta del Orinoco.

 Están en juego enormes espacios marítimos con inmensos recursos energéticos y pesqueros, además de nuestra salida libre al Atlántico. La defensa de la soberanía venezolana está siendo irresponsablemente descuidada por un gobierno que subraya falsamente su condición de nacionalista y defensor de la soberanía nacional.

 La solicitud de Guyana de ampliar su plataforma continental, presentada en septiembre del 2011, ante la Comisión de Límites de la Convención de Derecho del Mar de la ONU, afecta considerablemente  nuestros derechos soberanos no solo en el territorio  del Esequibo, sino en la fachada atlántica que proyecta tanto la Zona en Reclamación como el Estado Delta Amacuro. La defensa eficiente de nuestros derechos e intereses requiere el urgente nombramiento de un funcionario  a dedicación exclusiva, con un pequeño, pero capaz, equipo de apoyo, para que no solo pueda negociar bilateralmente con Guyana, en el marco del proceso de los "buenos oficios" del Secretario General de la ONU,  previsto en el Acuerdo de Ginebra de 1966, sino  también hacer  el necesario "lobby" entre  los miembros de la Comisión de Límites de la ONU en Nueva York y con otros miembros influyentes de la comunidad internacional  interesados en el tema, empezando por los países de la Comunidad del Caribe (CARICOM). 

Recordemos a este respecto que la Comisión de Límites anunció pasar el análisis de la solicitud de Guyana y la posición contraria de Venezuela a una subcomisión, que todavía no ha sido nombrada. Por eso es irresponsable, y evidencia  además  la escasez de personal profesional calificado en la Cancillería, que el embajador Roy Chaderton, diplomático de carrera formado en tiempos de la República Civil (1958-1999), sea al mismo tiempo: "facilitador" por Venezuela en las negociaciones con Guyana y, por tanto, encargado del seguimiento del tema en la ONU, embajador ante la OEA y  representante de Venezuela en las negociaciones de paz en Colombia, además de diputado al Parlatino y miembro del Consejo de Estado. En un gobierno serio y responsable, por  lo menos los tres primeros cargos, deberían ser ejercidos por tres diferentes personas a dedicación exclusiva.

Es significativo que un presidente militar y un marino ministro de la defensa en un gobierno, en buena parte integrado por militares, estén descuidando la defensa de la soberanía y los intereses permanentes del Estado. Desgraciadamente, eso siempre pasa cuando una FAN profesional, institucional y apolítica se va transformando en una guardia pretoriana de un  régimen caudillista, que interpreta la realidad a la luz de unas "ideas muertas", solo vigentes todavía en Cuba y Corea del Norte, que como dice Vargas Llosa son:"dos anacronismos vivientes, países de museo, que no pueden servir a nadie de modelo".

sadiogta@gmail.com

@sadiocaracas



1994 Guayana Esequiba - Zona en Reclamación MARNR Servicio Autónomo  de Geografía y Cartografía Nacional 3 Edición

Nota del editor del blog: Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”

                                                                                                  
Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.

jueves, 29 de septiembre de 2011

La Delimitación de aéreas marinas y Submarinas venezolanas en el mar Caribe y Océano Atlántico

La Delimitación de aéreas marinas y Submarinas venezolanas  en el mar Caribe y Océano Atlántico 

GeoVenezuela Tomo No 9 Geoestratégica e Integración
Oscar J. Márquez
Ficha Técnica
1. Titulo: La Delimitación de aéreas marinas y Submarinas venezolanas  en el mar Caribe y Océano Atlántico 

2. Autor: Angelina Jaffé
Abogado con Doctorado en Derecho en la Universidad La Sorbona de Paris.   Se ha dedicado a la a investigación y la docencia en el campo del Derecho Internacional Público en la Universidad Central Venezuela, La Universidad Metropolitana, y la Academia Diplomática Pedro Gual entre otras.  

3. Tema: Derecho Marítimo, delimitación marítima…hemos querido publicar esta bibliografía por ser la última que tengamos conocimiento se ha publicado en nuestro país en referencia a los límites marítimos y que bien puede ser consultada frente a las pretensiones de la Cancillería de Ampliar su Mar Territorial

4. Descripción: Esta publicación corresponde al capítulo No 72 del Tomo No 9.  Geografía e integración. En la monumental obra Geo Venezuela,  este capítulo se  nos presenta un resumen sucinto desde el punto de vista jurídico el proceso de la delimitación de las aéreas marinas y submarinas en el atlántico. Acompañada de una excelente cartografía  del área en mención
5. Año de Publicación: 2010


6. Lugar: Caracas

7. Editorial: Fundación Polar

8. No de Páginas: 21

9. ISBN:

10. Peso: 250 Gramos el libro

11. Ancho: 15.cmts 


12. Largo.23  cmts. 


13. Tipo de papel:

14. Tipo de Publicación: Articulo (Capitulo)

15. Temas Relacionados: 
Venezuela-Límites con el Atlántico, Límites con Holanda, Límites Trinidad y Tobago, Límites con los EE.UU, Límites con Republica Dominicana,  Límites con Francia, Límites con el Caribe Oriental, Límites con la Guayana Inglesa-Británica-Guyana Zona en Reclamación, Reclamos Territoriales.

16. Agencia Gubernamental:

17. Colección:
Perteneciente a la serie de artículos (capítulos) y libros publicados sobre Geografía,   Geoestratégica e Integración en la colección de la Fundación Polar GeoVenezuela.  En el cual bien podemos de apreciar  los derechos de Venezuela sobre los territorios de la Guayana Esequiba ubicados al oeste del rio Esequibo.

18. Contenido:
Contexto
La especificidad de los mares cerrados y semicerrados  
El espacio geográfico-político  
El elemento jurídico-internacional  
La especificidad del Mar Caribe  
El espacio compartido: la necesidad de cooperación  
El espacio compartido: los conflictos inevitables  
Las Delimitaciones De Venezuela Con Sus Vecinos Marítimos Y El Derecho Del Mar  
Las delimitaciones realizadas  
La delimitación con los Estados Unidos de América (Puerto Rico e Islas Vírgenes)  
La delimitación con lo Países Bajos (Antillas Neerlandesas y      Araba)
La delimitación con la República Dominicana  
La delimitación con Francia (Guadalupe y Martinico)  
La delimitación con Trinidad y Tobago  
Las delimitaciones pendientes   
Las delimitaciones con las islas del mar Caribe  
La delimitación con Guyana  
La delimitación con Colombia  
Proyecciones


20. Publicación:
El artículo de la Dra. Angelina Jaffé, sobre  La Delimitación de aéreas marinas y Submarinas venezolanas  en el mar Caribe y Océano Atlántico, bien lo podemos enmarcar en la en la fase   No IX.        De la   bibliografía publicada entre los años de 1989-2011…?  O sea desde la activación del Proceso de los Buenos Oficios en 1989 hasta nuestros días…?