La comisión de Energía y Petróleo de la Asamblea Nacional
(AN) aprobó un acuerdo de rechazo a las operaciones petroleras en la zona de
reclamación del Esequibo, por parte del Gobierno de Guyana, que viola el
acuerdo de Ginebra del año 1966 y el artículo 10 de la Constitución Bolivariana
de Venezuela, que establece claramente cuál es el territorio venezolano.
El proyecto de acuerdo fue presentado por el vicepresidente
de la instancia parlamentaria, diputado por el
Zulia de UNT, Elías Matta, quien explicó que tal como lo establece el artículo 5 del
Acuerdo de Ginebra, no se puede estar explotando ningún recurso si no hay un acuerdo entre ambas naciones.
Agregó que el Gobierno guyanés realizó la expansión de las
operaciones de prospección petrolera, en mayo de 2015, en la cual la empresa
Exxon-Mobil informó sobre un descubrimiento en el pozo Liza-1, ubicado en el
bloque Stabroek. Asimismo, el 17 de noviembre de 2016, se anunció la
comercialidad del mismo, estimando sus recursos recuperables entre 800 millones
y 1.4 millardos de barriles de petróleo crudo de alta calidad perteneciente a
las aguas costeras del Esequibo, región cuya soberanía pertenece a la República
Bolivariana de Venezuela.
“El 12 de enero de 2017, la compañía ExxonMobil, mediante
comunicado de prensa, anunció un descubrimiento de petróleo en el pozo
exploratorio Payara-1 ubicado dentro del Bloque Stabroek, la cual es poseída y operada por una filial de la
compañía ExxonMobil (45%), cuyos otros socios en este proyecto son filiales de
las compañías Hess (30%) y Nexen (25%), respectivamente. El Bloque Stabroek ocupa un área de 26.800
Kilómetros cuadrados, que se extiende desde aguas territoriales guyanesas hasta
aguas territoriales venezolana. Los mapas y data existente consultada sobre el
pozo Payara-1 indican que se encuentra ubicado dentro de aguas territoriales de
la Zona en Esequibo Venezolano”, argumentó el diputado Matta.
Señaló que hay intenciones de seguir explotando otros
bloques, porque ya se sabe que allí hay petróleo de alta calidad, por lo que
considera urgente aprobar este acuerdo que exhorta al Gobierno nacional para
que ejecute las medidas diplomáticas pertinentes ante la República de Guyana en
la defensa de la Soberanía Territorial. Así como solicitar, la ubicación exacta
de los pozos perforados y respectivos descubrimientos para determinar, cuáles
de estos se encuentran en aguas territoriales venezolana y en aguas de la zona
en reclamación.
“Igualmente exhortamos a la Gobierno nacional enviar este acuerdo al Dag Halvor Nylander,
quien fue nombrado representante personal del Secretario General de las
Naciones Unidas para la Controversia Fronteriza entre la República Cooperativa
de Guyana y la República Bolivariana de Venezuela el 27 febrero de 2017, para
que ordene suspender de inmediato todas las operaciones llevadas a cabo dentro
del área marítima que corresponde al territorio en reclamación hasta tanto no
se resuelva la controversia”.
Finalmente, destacó el
parlamentario que el acuerdo establece elevar una protesta enérgica por parte
de la Asamblea Nacional al Parlamento de la República de Guyana, para que
conozca sobre la decisión unilateral de su Gobierno al autorizar tales
operaciones petroleras, incumpliendo el Acuerdo de Ginebra y violando la
Constitución Bolivariana de Venezuela, además de remitir el acuerdo a los
cuerpos diplomáticos radicados en el país para que informen a sus Gobiernos
sobre esta vulneración a la soberanía nacional y violación de acuerdos y
desconocimiento de tratados entre naciones soberanas, por parte del Gobierno de
la República Cooperativa de Guyana.
Temas Relacionados
Aprobaron
acuerdo para rechazar operaciones petroleras en el Esequibo
2005 La Guayana
Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición
La Guayana Esequiba Zona en
Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar
la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Nota del editor del blog:
Al referenciarse a la República
Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de
territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de
Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de
febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el
Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus
derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo
de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce
como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha
del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar
Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de
Julio de 1968
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