Por Reyes Theis
Fecha: 09/07/2015
Hace 3 años Hugo Chávez aún estaba con vida, era el
Presidente de la República y Nicolás Maduro su canciller. En Guyana ocupaba la
Presidencia Donald Ramotar de tendencia socialista.
El 4 de junio de 2012 escribimos para el diario El Universal la siguiente información: “Las labores de exploración
petrolera en un bloque concedido por Guyana frente a la fachada atlántica
venezolana y que habían sido paralizadas tras una protesta de Venezuela entre
los años 1999 y 2000, fueron reactivadas por las empresas Exxon Mobil y Shell.
El bloque reactivado es el denominado Stabroek, donde las transnacionales petroleras culminaron las labores de levantamiento sísmico y están llevando a cabo un proyecto de perforación. En enero pasado el presidente guyanés Donald Ramotar se reunió con funcionarios de Exxon Mobil y hablaron del avance de los trabajos”.
Esta publicación constituye una evidencia de la falsedad de
las declaraciones del presidente Nicolás Maduro, quien ha señalado al nuevo
presidente de Guyana, David Granger, de seguir instrucciones de la trasnacional
estadounidense Exxon y estar detrás de “una operación política,
diplomática, mediática y económica para implementar en nuestra nación una
‘operación tenaza’ y tratar de implantar conflictos de alta intensidad”.
No fue entonces el “derechista” Granger quien reactiva el bloque
Stabroek para impulsar una conspiración contra el Gobierno venezolano, fue el
“izquierdista” Donald Ramotar quien toma la decisión de iniciar la labores,
tomándole la palabra al presidente Chávez, quien el 20 de febrero de 2004 dijo en Georgetown: “El Gobierno venezolano no será un
obstáculo para cualquier proyecto a ser conducido en el Esequibo, y cuyo
propósito sea beneficiar a los habitantes del área”.
Pero aún hay más. No solo fue el bloque Stabroek. El 29 de
agosto de 2013, ya con Maduro en la Presidencia y aún con el “zurdo”
Ramotar frente al Gobierno de la República Cooperativa escribimos: “Guyana se dispone a iniciar
labores de perforación en uno de los bloques petroleros que asignó en la
proyección del delta venezolano”. Este bloque lleva por nombre “Roraima”.
Tras estas denuncias los Gobiernos de Chávez y Maduro
guardaron un sepulcral y cuestionado silencio, que contrasta con esta repentina
explosión “nacionalista” ¿Las razones? En el próximo artículo ahondaremos en
ello.
@reyestheis
*El autor es periodista y profesor universitario,
especialista en opinión pública y comunicación política y ha cubierto por 10
años la fuente periodística de relaciones internacionales de Venezuela.
2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al
oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del
río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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