¿Es el temor a una reacción de los Estados Unidos lo que en
definitiva impone la pasividad de nuestras fuerzas armadas?
Oswaldo Páez-Pumar
Jueves 16 de abril de 2015, 12:30 am
No lo puedo creer
A pesar de haberlo leído tres veces, no lo puedo creer. Me
refiero a la argumentación del diputado Carreño para rechazar la solicitud de
comparecencia de la ministro de Relaciones Exteriores y del Alto Mando Militar
ante la Asamblea para explicar “los pasos de Venezuela con respecto a las
recientes acciones y decisiones de Guyana que afectan la soberanía sobre el
Esequibo”. Dejaré de lado lo que significa que los diputados renuncien a su
derecho de exigir rendición de cuentas a los funcionarios públicos, que implica
incumplimiento de sus funciones y comporta además mantener desinformado al
titular de la soberanía: el pueblo.
Fijaré mi atención en una sola de las frases del diputado,
que cito, para que los lectores perciban la razón de mi incredulidad. “¿Por qué
este infame (sic) diputado pide que venga el Alto Mando Militar? Porque están
convencidos de generar, con la presencia de la Fuerza Armada en este
Parlamento, las condiciones subjetivas para posicionar a través de los medios
que la solución con Guyana es militar y cuando surja una acción contra Exxon
Mobil, ahí están las causas para una invasión de Estados Unidos en Venezuela.”
¿Los militares serán tan pendejos para dejarse manejar por
una minoría de diputados, o por unos medios casi inexistentes, al punto de ser
convencidos que la solución es militar y ejecutar una acción contra Exxon
Mobil?
¿Por la presencia del Alto Mando en el Parlamento y por el
manejo mediático también quedará convencido el usurpador que la solución es
militar y ordenará ejecutar una acción contra Exxon Mobil, o es que los
militares la ejecutarán sin pararle al comandante en jefe, que así llama la
constitución al presidente?
¿La negativa a la comparecencia es para que no manipulen a
estos incautos militares, o es porque el diputado teme una reacción de los
Estados Unidos para proteger a Exxon Mobil?
¿Es el temor a una reacción de los Estados Unidos lo que en definitiva
impone la pasividad de nuestras fuerzas armadas? ¿No es la defensa de la
integridad territorial su principal objeto y la razón de su existencia misma?
¿Para qué el gobierno está recogiendo firmas contra el
decreto de Obama, para meter bulla o para echarle bolas? Menos mal que el
diputado Carreño ya no forma parte de nuestra fuerza armada, porque nos deja
saber que aunque la solución sea militar, él se abstendrá para no provocar a
los Estados Unidos.
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2005 La
Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar Primera Edición
Nota del
editor del blog:
Al referenciarse a la República Cooperativa de
Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste
del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en
Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los cuales el Gobierno
Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos
sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966
al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:
“...por lo tanto, Venezuela reconoce como
territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del
río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva
expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
LA GUAYANA ESEQUIBA
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html
Terminología sobre cómo referenciar la
Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.
Mapa que señala el
Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09
de Julio de 1968
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