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Tomado de:
Eliécer Calzadilla
Domingo, 23 de Octubre de 2011
El pasado 16 de septiembre, en la Gaceta Oficial Nº 39.759,
fue publicado el Decreto Ley 8.413, dictado por el Presidente de la República
actuando como legislador habilitado, en el que se establece un nuevo régimen
para la exploración, explotación, comercialización, tenencia y beneficio de las
minas y yacimientos auríferos que ha sido llamado por la propaganda oficial
como “decreto de nacionalización del oro”. Como casi todo lo que hace el
gobierno, el decreto contiene una o dos medias verdades y unas cuantas
falacias; este en particular evidencia una enorme ignorancia de lo que es y
significa históricamente el oro como elemento determinante del poblamiento de
cientos de miles de kilómetros de territorio nacional y posee un articulado de
claro corte represivo, anticonstitucional y arbitrario, de evidente estirpe
fascista, que revela una falta absoluta de estudio y un notorio sello pirático
marcado por quien lo redactó.
No se puede nacionalizar lo que es nacional ni estatizar lo
que es del Estado. El oro ha sido siempre de propiedad estatal y allí estriba
una de las falacias del decreto. La media verdad es que un pretexto del decreto
es acabar con el sistema capitalista en la explotación de las minas, en lo que
estoy de acuerdo con Chávez, sólo y exclusivamente en lo que respecta a los
yacimientos de la estatal Minerven, entiéndase bien. Esas minas había que
quitárselas al capitalismo salvaje que el mismo régimen chavista instauró allí
durante 12 años seguidos, en los cuales se instalaron, una tras otra, varias
mafias de franelas y boinas rojas que hicieron grandes negocios con los cupos
de oro (miles de kilos), vendidos a dólar preferencial y revendido a precio
internacional. Durante estos 12 años de saqueo sistemático la empresa Minerven
cayó en total insolvencia y mora, se redujo la producción a 20 kilos de oro al
mes (hasta hace pocos días) cuando debía producir por lo menos 600 kilogramos
mensualmente. Sostengo que esta falsa nacionalización le echa tierra a ese
escándalo del que todos los guayaneses sabemos y en el que no hay ni un solo
interrogado por un fiscal, menos un preso.
El oro no es estratégico, decirlo es una burla; es un metal
valioso, pero no es estratégico un carrizo, si fuera estratégico en Minerven no
se hubieran robado ni un solo gramo: el gobierno debe ser retado a que destape
lo de los cupos de oro y revele los nombres de los beneficiarios.
La media verdad es que la minería incontrolada causa daños
ambientales, ¿pero es que acaso el gobierno de Chávez se está instalando hoy y
es ahora cuando descubre que hay que ordenar la minería? No han querido
ordenarla porque si se legaliza y ordena la minería se acaba la matraca, el
negocio con el combustible y el tráfico de drogas y personas que se encubren
tras el desorden minero.
Como estudié leyes y sé que este gobierno neo dictatorial
penaliza lo que uno dice y escribe (ya estuve judicialmente acusado por un
artículo de prensa), me curó en salud: no llamo a desacatar el decreto, es una
ley de la República y hay que acatarla, pero tengo eso sí, el derecho a
analizarlo, a impugnarlo en el debate y el foro, y a fomentar la discusión para
que se corrija su articulado. El decreto debe ser derogado o sustancialmente enmendado
porque sus disposiciones contrarían ostensiblemente al texto constitucional y a
los derechos fundamentales:
A) Excluye del trabajo
de extracción minera, sin alternativas, opciones ni plazos, a miles de
trabajadores que por generaciones han ejercido el “libre aprovechamiento del
oro de aluvión”, permitido por nuestra legislación de manera inveterada.
B) El Presidente, que tiene -por habilitación- facultades en
materia económica y financiera no puede, no está facultado para establecer
nuevos tipos delictivos y menos aún para establecer penas de prisión: de
acuerdo a lo que se entiende de los artículos 1, 2, 3, 32 y 38 del decreto ley,
el día 17 de noviembre de 2011, cuando entre en vigencia, miles de mineros
pasarán a la doble condición de desempleados por decreto y delincuentes,
sujetos a penas de prisión de 6 meses a 6 años. Igual pena tendrá el que
comercie, transporte, detente o circule oro en barra o “en polvo” (me imagino a
los joyeros de Guayana haciendo cola en el Banco Central, en Caracas, para
comprar 20 gramos de oros para hacer una cadena).
C) El decreto ley
limita y penaliza actividades que desde siempre eran lícitas, en un nuevo y
punitivo marco jurídico que deja a la libre interpretación de los funcionarios
encargados de aplicarlo, el alcance de las normas en un país lleno de alcabalas
de corrupción en cada trámite oficial (si ahora hay muchos abusos, los que
vendrán serán infinitos atropellos).
D) Finalmente destaco que de acuerdo a mi interpretación del
artículo 27 del decreto ley, desde el 16 de noviembre próximo, los municipios
Roscio, El Callao, Sifontes y Gran Sabana y cualquier otro en el que exista un
yacimiento aurífero, pasan a ser, íntegramente (un monumental exabrupto), Zona
de Seguridad y Defensa y se militarizan. Este artículo es tan abusivamente
inconstitucional e inconveniente que, de acuerdo al numeral 4 del mismo, las
Fuerzas Armadas, todas, la Reserva incluida, se convertirán en la práctica
Policía Judicial y autoridad suprema de las “áreas auríferas”.
Ningún minero, salvo que cometa otro delito, debería ir preso
por la letra de este desatinado decreto. Enjuiciado y preso por pirata debe ir
el o los que redactaron este decreto y se le dieron a Chávez para que lo
firmara.
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