lunes, 24 de octubre de 2011

UN DECRETO MINERO ANTIHISTÓRICO, INCONSTITUCIONAL Y DISPARATADO

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Tomado de:

Eliécer Calzadilla

Domingo, 23 de Octubre de 2011

El pasado 16 de septiembre, en la Gaceta Oficial Nº 39.759, fue publicado el Decreto Ley 8.413, dictado por el Presidente de la República actuando como legislador habilitado, en el que se establece un nuevo régimen para la exploración, explotación, comercialización, tenencia y beneficio de las minas y yacimientos auríferos que ha sido llamado por la propaganda oficial como “decreto de nacionalización del oro”. Como casi todo lo que hace el gobierno, el decreto contiene una o dos medias verdades y unas cuantas falacias; este en particular evidencia una enorme ignorancia de lo que es y significa históricamente el oro como elemento determinante del poblamiento de cientos de miles de kilómetros de territorio nacional y posee un articulado de claro corte represivo, anticonstitucional y arbitrario, de evidente estirpe fascista, que revela una falta absoluta de estudio y un notorio sello pirático marcado por quien lo redactó.

No se puede nacionalizar lo que es nacional ni estatizar lo que es del Estado. El oro ha sido siempre de propiedad estatal y allí estriba una de las falacias del decreto. La media verdad es que un pretexto del decreto es acabar con el sistema capitalista en la explotación de las minas, en lo que estoy de acuerdo con Chávez, sólo y exclusivamente en lo que respecta a los yacimientos de la estatal Minerven, entiéndase bien. Esas minas había que quitárselas al capitalismo salvaje que el mismo régimen chavista instauró allí durante 12 años seguidos, en los cuales se instalaron, una tras otra, varias mafias de franelas y boinas rojas que hicieron grandes negocios con los cupos de oro (miles de kilos), vendidos a dólar preferencial y revendido a precio internacional. Durante estos 12 años de saqueo sistemático la empresa Minerven cayó en total insolvencia y mora, se redujo la producción a 20 kilos de oro al mes (hasta hace pocos días) cuando debía producir por lo menos 600 kilogramos mensualmente. Sostengo que esta falsa nacionalización le echa tierra a ese escándalo del que todos los guayaneses sabemos y en el que no hay ni un solo interrogado por un fiscal, menos un preso.

El oro no es estratégico, decirlo es una burla; es un metal valioso, pero no es estratégico un carrizo, si fuera estratégico en Minerven no se hubieran robado ni un solo gramo: el gobierno debe ser retado a que destape lo de los cupos de oro y revele los nombres de los beneficiarios.

La media verdad es que la minería incontrolada causa daños ambientales, ¿pero es que acaso el gobierno de Chávez se está instalando hoy y es ahora cuando descubre que hay que ordenar la minería? No han querido ordenarla porque si se legaliza y ordena la minería se acaba la matraca, el negocio con el combustible y el tráfico de drogas y personas que se encubren tras el desorden minero.

Como estudié leyes y sé que este gobierno neo dictatorial penaliza lo que uno dice y escribe (ya estuve judicialmente acusado por un artículo de prensa), me curó en salud: no llamo a desacatar el decreto, es una ley de la República y hay que acatarla, pero tengo eso sí, el derecho a analizarlo, a impugnarlo en el debate y el foro, y a fomentar la discusión para que se corrija su articulado. El decreto debe ser derogado o sustancialmente enmendado porque sus disposiciones contrarían ostensiblemente al texto constitucional y a los derechos fundamentales:
 A) Excluye del trabajo de extracción minera, sin alternativas, opciones ni plazos, a miles de trabajadores que por generaciones han ejercido el “libre aprovechamiento del oro de aluvión”, permitido por nuestra legislación de manera inveterada.
B) El Presidente, que tiene -por habilitación- facultades en materia económica y financiera no puede, no está facultado para establecer nuevos tipos delictivos y menos aún para establecer penas de prisión: de acuerdo a lo que se entiende de los artículos 1, 2, 3, 32 y 38 del decreto ley, el día 17 de noviembre de 2011, cuando entre en vigencia, miles de mineros pasarán a la doble condición de desempleados por decreto y delincuentes, sujetos a penas de prisión de 6 meses a 6 años. Igual pena tendrá el que comercie, transporte, detente o circule oro en barra o “en polvo” (me imagino a los joyeros de Guayana haciendo cola en el Banco Central, en Caracas, para comprar 20 gramos de oros para hacer una cadena).
 C) El decreto ley limita y penaliza actividades que desde siempre eran lícitas, en un nuevo y punitivo marco jurídico que deja a la libre interpretación de los funcionarios encargados de aplicarlo, el alcance de las normas en un país lleno de alcabalas de corrupción en cada trámite oficial (si ahora hay muchos abusos, los que vendrán serán infinitos atropellos).
D) Finalmente destaco que de acuerdo a mi interpretación del artículo 27 del decreto ley, desde el 16 de noviembre próximo, los municipios Roscio, El Callao, Sifontes y Gran Sabana y cualquier otro en el que exista un yacimiento aurífero, pasan a ser, íntegramente (un monumental exabrupto), Zona de Seguridad y Defensa y se militarizan. Este artículo es tan abusivamente inconstitucional e inconveniente que, de acuerdo al numeral 4 del mismo, las Fuerzas Armadas, todas, la Reserva incluida, se convertirán en la práctica Policía Judicial y autoridad suprema de las “áreas auríferas”.

Ningún minero, salvo que cometa otro delito, debería ir preso por la letra de este desatinado decreto. Enjuiciado y preso por pirata debe ir el o los que redactaron este decreto y se le dieron a Chávez para que lo firmara.

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