http://www.analitica.com/va/politica/opinion/7403857.asp
Tomado de:
Fernando Ochoa Antich
Martes, 18 de octubre de 2011
Un derecho no se recuerda se ejerce. Así siempre lo hizo
Venezuela al patrullar su Armada el área que consideramos bajo nuestra
soberanía. Tampoco le corresponde al facilitador en las negociaciones de
límites en el Esequibo.
Debilidad y más debilidad en la defensa del territorio
Esequibo
Hugo Chávez traiciona a su Patria al comprometer gravemente
la reclamación histórica de Venezuela ante Guyana del territorio Esequibo. Es
absolutamente falso que la entrevista de los cancilleres Maduro y Rodríguez en
Trinidad ratifique, de alguna manera, la posición de Venezuela y mucho menos
indique la existencia de unas relaciones armoniosas entre los dos países.
Esa percepción absurda del gobierno chavista es una ilusión.
Es de interés analizar detalladamente el contenido de ese comunicado y
compararlo con las declaraciones de Hugo Chávez, cuestionando la tradicional
posición histórica de Venezuela, para dejar en claro la equivocada política en
las relaciones con Guyana sostenida por el gobierno nacional y el inmenso daño
que le hace a nuestro país.
El comunicado no es malo en si mismo. Es lo normal después de
una entrevista entre cancilleres u otros altos funcionarios. El problema que
existe es su generalidad. No es suficiente que dicho comunicado reconozca el
derecho de Venezuela a plantear sus puntos de vista en la Comisión de las
Naciones Unidas sobre la ampliación de la plataforma continental de Guyana.
Ese derecho lo tiene Venezuela sin que lo reconozca Guyana.
Lo necesario era, y es aún, una nota diplomática específica que aclare las
razones por las cuales Venezuela no acepta la ampliación de la Plataforma
Continental de Guyana a 350 millas, resaltando los problemas que, según
entiendo, produce sobre otras delimitaciones logradas por Venezuela en dicha
área. Veamos el texto del comunicado para entender, con precisión, las razones
que esgrimo: “Al discutir la solicitud hecha por Guyana ante la Comisión sobre
los Límites de la Plataforma Continental, Guyana manifestó que reconocía el
derecho del Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela de dar a conocer
sus puntos de vista ante la Comisión. Por su parte, Venezuela recordó su
legítimo derecho de soberanía y jurisdicción en la Fachada Atlántica. Ambos
ministros acordaron que en lo sucesivo sus respectivos Facilitadores discutirán
los temas relacionados con la petición de Guyana e informarán a sus respectivos
gobiernos”.
Un derecho no se recuerda se ejerce. Así siempre lo hizo
Venezuela al patrullar su Armada el área que consideramos bajo nuestra
soberanía. Tampoco le corresponde al facilitador en las negociaciones de
límites en el Esequibo intervenir en dicho asunto, ya que de esa manera se
reconoce la existencia de un derecho de parte de Guyana.
No es suficiente recordar nuestra soberanía y jurisdicción
sobre la fachada Atlántica, ya que en estos casos se requiere utilizar
específicas coordenadas para realmente generar derecho. De la manera general
que se hizo en el comunicado sólo surgen perspectivas de derecho. La solicitud
de ampliación por parte de Guyana de su plataforma continental, debe tratarse
de forma bilateral, rechazando, como ya dije, en nota específica dirigida al
gobierno de Guyana ese supuesto derecho. Copia de esa nota debe enviarse a la
Comisión respectiva de las Naciones Unidas.
Un aspecto, aún más delicado, es la forma en que el
comunicado trata el tema de la delimitación. Afirmar que “ambos ministros
reconocen que la delimitación de fronteras marítimas entre los dos Estados
sigue siendo un tema pendiente, coincidiendo en que dicha delimitación
requerirá negociación” es, a mi criterio, un error, ya que debió utilizarse el
término áreas marinas y submarinas.
Para colmo, al reconocer que la controversia “en relación con
el Laudo Arbitral de 1889, en cuanto a la frontera entre Guyana y Venezuela,
sigue existiendo” no se señaló los casi cincuenta años de negociación ni, mucho
menos, se logró establecer un plazo para alcanzar “una solución practica a la
controversia”. Si comparamos el supuesto avance alcanzado en la reunión de
Trinidad con el daño que le ha hecho Hugo Chávez a nuestros derechos en el
Esequibo y en la fachada Atlántica tenemos que concluir que el afán de
construir un liderazgo en la América Latina lo ha conducido a comprometer los
intereses vitales de Venezuela.
No es posible negar que su frase al señalar que la Reclamación
del Esequibo la inició el gobierno de Rómulo Betancourt, siguiendo
instrucciones de los Estados Unidos, para desestabilizar el gobierno de Cheddy
Jagan deja sin piso moral a una reclamación que justamente tenía fuerza por ser
un acto de justicia que reivindicaba a Venezuela de la acción colonial inglesa.
Esa es la razón por la cual acuso a Hugo Chávez de traición a la Patria.
Nota del editor del blog: Al
referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta
los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con
el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de
Ginebra del 17 de febrero de 1966.
Territorios estos sobre los
cuales el gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se
reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota
del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana .
“...por lo tanto, Venezuela
reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen
derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se
reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se
encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el
territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva
expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de
Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento
hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
Mapa que señala el Espacio
de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto
Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968.
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