domingo, 18 de diciembre de 2016

NOTE TO CORRESPONDENTS: THE CONTROVERSY BETWEEN GUYANA AND VENEZUELA [SCROLL DOWN FOR SPANISH VERSION]





Friday, December 16 2016
Content by www.un.org/sg

Content by: UN Secretary General
Fifty years ago, shortly before Guyana’s independence in 1966, the Geneva Agreement was signed with the aim  of amicably resolving the controversy that had arisen as the result of the Venezuelan contention that the Arbitral Award of 1899 about the frontier between Venezuela and what is now Guyana is null and void.

 The 1966 Geneva Agreement confers on the Secretary-General of the United Nations the power to choose means of settlement of the controversy from among those that are contemplated in Article 33 of the United Nations Charter.

Within the framework of the Geneva Agreement, a Good Offices Process under the Secretary-General has been in place for the last 25 years in order to find a solution to the controversy.  This process has so far involved three Personal Representatives of the Secretary-General (PRSG).  In spite of these efforts, it has not been possible to bridge the differences between the parties.  

The Secretary-General has engaged in intensive efforts to find a way forward that would be most conducive to finding a solution.  To that end, the Secretary-General held a trilateral meeting with President David Granger of Guyana and President Nicolás Maduro of Venezuela in the margins of the 70th General Assembly.  The Secretary-General has subsequently dispatched several high-level missions to both capitals and held meetings at the highest level with both parties.  In November of this year, he conducted an extensive stocktaking of the Good Offices Process.

On the basis of that stocktaking, the Secretary-General has reached the conclusion that the Good Offices Process will continue for one final year, with a new PRSG with a strengthened mandate of mediation, who will be appointed by the Secretary-General-designate shortly after he takes office.   If, by the end of 2017, the Secretary-General concludes that significant progress has not been made toward arriving at a full agreement for the solution of the controversy, he will choose the International Court of Justice as the next means of settlement, unless both parties jointly request that he refrain from doing so.

The Secretary-General has discussed these conclusions with the Secretary-General-designate, who has expressed his concurrence with them.

The Secretary-General and the Secretary-General-designate applaud Guyana and Venezuela for addressing the controversy through peaceful means.  The Secretary-General and the Secretary-General-designate are committed to see the controversy between Guyana and Venezuela resolved. 

*****
Nota a Corresponsales sobre la Controversia Fronteriza entre Guyana y Venezuela 
Hace cincuenta años, poco antes de la independencia de Guyana en 1966, se firmó el Acuerdo de Ginebra con el objetivo de resolver amistosamente la controversia que surgió como resultado de la contención de Venezuela que el Laudo Arbitral del 1899 sobre la frontera entre Venezuela y lo que hoy es Guyana era nulo y sin efecto.  El Acuerdo de Ginebra de 1966 otorgó al Secretario General de las Naciones Unidas el poder de elegir entre los medios de solución pacífica contemplados en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas.

En el marco del Acuerdo de Ginebra, durante los últimos 25 años se ha llevado a cabo un Proceso de Buenos Oficios bajo el Secretario General para encontrar una solución a la controversia.  Hasta la fecha, este proceso ha contado con la participación de tres Representantes Personales del Secretario General.  A pesar de estos esfuerzos, no ha sido posible superar las diferencias sustantivas entre las partes.  

El Secretario General se ha esforzado por encontrar un camino a seguir que sea el más propicio para encontrar una solución.  Con este fin, el Secretario General celebró una reunión trilateral con el Presidente David Granger de Guyana y el Presidente Nicolás Maduro de Venezuela al margen de la 70ª Asamblea General.  Desde entonces, el Secretario General ha enviado varias misiones de alto nivel a ambas capitales y ha celebrado reuniones al más alto nivel con ambas partes.  En noviembre de este año, realizó un extenso balance del Proceso de Buenos Oficios. 

Basado en este balance, el Secretario General ha concluido que el Proceso de Buenos Oficios continuará por un último año, con un o una Representante Personal del Secretario General con un mandato reforzado de mediación, nombrado o nombrada por el Secretario General designado poco después de que él asuma funciones.  Si, a finales de 2017 el Secretario General concluyera que no se ha logrado un avance significativo hacia un acuerdo completo para la solución de la controversia, elegirá la Corte Internacional de Justicia como el siguiente medio de solución, al menos de que ambas partes conjuntamente le pidan que no lo haga.

El Secretario General ha discutido estas conclusiones con el Secretario General designado, quien ha expresado su concurrencia con éstas.

El Secretario General y el Secretario General designado felicitan a Guyana y a Venezuela por dirimir la controversia a través de medios pacíficos.  El Secretario General y el Secretario General designado manifiestan su compromiso con encontrar una solución mutuamente aceptable a la controversia entre Guyana y Venezuela.


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.


Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
  


Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como   Mar    Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968



No hay comentarios:

Publicar un comentario