jueves, 22 de diciembre de 2016

En serio riesgo el reclamo sobre el Esequibo,



En serio riesgo el reclamo sobre el Esequibo

 Por Reyes Theis


DICIEMBRE 21ST, 2016 Reyes Theis REYES THEIS
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En serio riesgo el reclamo sobre el Esequibo, por Reyes TheisACTUALIDAD


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La reclamación sobre el territorio Esequibo, cuyos derechos Venezuela reivindica desde su existencia como nación independiente, podría estar llegando a su fin, tras la decisión del secretario general de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Ban Ki-moon de la semana pasada.

El viernes 16 de diciembre a través de un comunicado de la ONU, se publicó una declaración “atribuible al portavoz del Secretario General” sobre la controversia entre Guyana y Venezuela, en el que se anuncia que el Proceso de Buenos Oficios, llevado a cabo desde 1990, para tratar de buscar una solución entre las partes “continuará por un último año, hasta el fin de 2017, con un mandato reforzado de mediación”.

Añade que Ban “También ha llegado a la conclusión de que, si hacia fines de 2017, el Secretario General concluyera que no se ha logrado un avance significativo hacia un acuerdo completo para la solución de la controversia, elegirá la Corte Internacional de Justicia como el próximo medio de solución, a menos que los Gobiernos de Guyana y Venezuela, en forma conjunta, solicitaran que se abstenga de hacerlo”.

¿Tenía Ban esa competencia? El artículo VI del Acuerdo de Ginebra, firmado en 1966 entre Venezuela, Gran Bretaña y la entonces Guyana Británica, estipula que si los medios escogidos entre las partes no conducen a una solución de la controversia, el Secretario General de las Naciones Unidas, puede escoger “otro de los medios estipulados en el Artículo 33 de la Carta de las Naciones Unidas, y así sucesivamente, hasta que la controversia haya sido resuelta, o hasta que todos los medios de solución pacífica contemplados en dicho Artículo hayan sido agotados”.

Los medios de controversia planteados en la Carta de las Naciones Unidas son: la negociación, la investigación, la mediación, la conciliación, el arbitraje, el arreglo judicial, el recurso a organismos o acuerdos regionales u otros medios pacíficos.

La palabra clave en el artículo del Acuerdo de Ginebra citado es “sucesivamente”, que indicaría que se irían descartando uno a uno todos los medios, siendo el arreglo judicial- que implica dejar la decisión fuera del contexto bilateral- la última alternativa. Esa es la opinión de la mayoría de los expertos venezolanos en el tema.

Pero la decisión tomada por Ban Ki-moon fue distinta y decidió dar un plazo de año a los buenos oficios, y si el nuevo secretario general, el portugués Antonio Guterres, considera que no se ha avanzado lo suficiente, pasar el caso a la Corte Internacional de Justicia, así no se haya pasado por las fórmulas intermedias planteadas en la Carta de la ONU.

¿Qué le conviene a Guyana?

Cuando David Granger tomó posesión de la Presidencia de la República Cooperativa de Guyana se reunió al día siguiente, el domingo 17 de mayo de 2015, con la embajadora venezolana Reina Arratia. Luego del encuentro ratificó la línea guyanesa: mantener el proceso de buenos oficios que “forma parte del menú de las medidas previstas por la Carta de las Naciones Unidas y es muy importante para ambos países” y añadió: “Como ustedes saben, Venezuela es un importante vecino, por los términos de Petrocaribe , la importancia económica de Petrocaribe, así como otras dimensiones estratégicas de las relaciones de Guyana – Venezuela”.

A Guyana le interesaba mantener el apoyo petrolero de Venezuela y que le siguiera comprando toneladas de arroz, mientras el proceso de buenos oficios seguía adelante, sin mucho avance ante la inacción del Gobierno de Caracas.

Pero los problemas que luego significaron para Guyana la reclamación venezolana para la explotación petrolera en el Esequibo, ha hecho que la Administración Granger cambie de posición.

El 27 de junio de 2015, a 40 días del encuentro Arratia-Granger, el presidente Nicolás Maduro aprobó en Gaceta Oficial el decreto 1.787 que creó las  Zonas Operativas de Defensa Integral Marítima e Insular y que incluía en una de sus áreas las coordenadas correspondientes no solo a la proyección marítima del territorio Esequibo, sino a la de Georgetown y parte de Surinam, donde Venezuela nunca ha tenido aspiraciones territoriales.

Aunque una semana después el decreto fue sustituido por el 1.859 donde se hicieron correcciones con las coordenadas y se recordó que el área del Esequibo está sometido a un proceso de reclamo territorial, el daño que la emisión del decreto 1.787  ocasionó a las relaciones binacionales, sumado a las constantes declaraciones de Venezuela contra el Gobierno guyanés y la trasnacional Exxon Mobil, terminaron estimulando a  la Administración Granger a finalizar con décadas de negociaciones y terminar con “el mono en la espalda” que  según el mandatario significaba el reclamo venezolano y avanzar al siguiente paso: acudir a la Corte Internacional de Justicia.

¿Por qué la Corte no le conviene a Venezuela?

A Venezuela no le ha ido bien con los arbitrajes en temas limítrofes. Con Colombia perdió la mayor parte de la Península de La Guajira, afectándose los derechos sobre parte del Golfo de Venezuela. Con el Reino Unido y producto del Laudo Arbitral de París de 1899. Venezuela fue despojada de un plumazo de 159.500 kilómetros cuadrados del Territorio Esequibo.

Pero no solo se trata de la mala experiencia previa, es que si el caso finalmente termina en la Corte, como parece muy probable, ya que es impensable que se pueda lograr una salida negociada dentro de un año, tras más de 50 años de negociaciones infructuosas, lo que se revisará no son los derechos venezolanos sobre el Esequibo, sino si el Laudo Arbitral de 1899 es írrito y nulo, como sostiene Venezuela.

Según el general retirado de la Guardia Nacional y autor de libros sobre la materia, Oscar José Márquez, sí hay razones para sostener la invalidez del Laudo, como un vicio ab-origene, ya que la voluntad de Venezuela se logró mediante coacción.

Tanto así que no pudo ser representada durante el juicio por magistrados venezolanos, sino por estadounidenses. Además se puede alegar exceso de poder del Tribunal y corrupción de algunos de sus miembros, demostrado en el conocido memorando de Severo Mallet- Prevost, uno de los abogados estadounidenses que participó como asesor en el caso y que luego de su muerte dejó un escrito revelando las negociaciones oscuras que dieron lugar a la decisión desfavorable a Venezuela. También el texto de la decisión carece de motivación (fundamentos y juicios), entre otros elementos.

No obstante, el problema es que gran parte de las fronteras del mundo fueron sometidas a estos procesos irregulares, en las que las grandes potencias imponían su poder de diversas formas y será muy difícil que el Tribunal Internacional de Justicia pueda sentar jurisprudencia reabriendo este caso.

Posición contradictoria

A pesar de las graves implicaciones de la decisión del secretario general de la ONU, la canciller Delcy Rodríguez calificó la misma de “victoria de la Diplomacia Bolivariana de Paz conducida por el presidente Nicolás Maduro que mantuvo firme la posición de Venezuela sobre Buenos Oficios.

Empero señaló en cuenta en Twitter, que “en las próximas horas haremos llegar al Secretario de la ONU la posición reiterada de Venezuela de rechazar el recurso a la Corte Internacional”.


2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar
Primera Edición

La Guayana Esequiba Zona en Reclamación
Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.


Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservó sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”
  


Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como   Mar    Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968



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