lunes, 6 de octubre de 2014

CARTA ABIERTA AL CANCILLER, ING. RAFAEL RAMIREZ.



GD. Oswaldo Sujú Raffo.  Pdte. IDEFV     22-09-2014.

Sr. Canciller, reciba un cordial saludo. Al asumir usted tan importante cargo y en vista de sus primeras declaraciones, emitidas a los medios (El Nacional 11-09-2014) sobre la actitud de la República Cooperativa de Guyana, en donde excusa a ese país de sus agresiones y actos inamistosos en contra de Venezuela; el Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV), la Fundación La Guayana Esequiba, junto a otras Instituciones y ONG,  le manifiestan su preocupación y rechazo por la política en cuestión, asumida por el Estado venezolano, en los últimos dos lustros. En este lapso se cometieron imprudencias, se dieron declaraciones indebidas, se incurrió en aquiescencias y se favoreció un stoppel contrario a los altos intereses nacionales, por la reclamación y recuperación de nuestro Territorio Esequibo ó Guayana Esequiba.

Como reconocemos el largo tiempo que Ud. estuvo al frente de PDVSA, consideramos muy conveniente y en beneficio de su gestión como Canciller de la República y por ende del país nacional  recordarle, recomendarle y exigirle los siguientes puntos:

1º - Desde el mismo año de 1899, fecha del írrito y nulo Laudo de París, Venezuela no aceptó el despojo de 159.500 kms2 de su Territorio Esequibo. En 1948 al conocerse el Informe Mellet Prevost, Venezuela solicitó revisar el Laudo durante la IX Conferencia Interamericana en Bogotá. En 1951 en la IV Reunión de Cancilleres, efectuada en Washington, Venezuela solicitó la justa devolución de su frontera oriental birlada por el Laudo. En 1954 durante la X Conferencia Interamericana realizada en Caracas, se ratificó no renunciar a los derechos de Venezuela en el Territorio Esequibo. En 1960 y en 1961 ante las Resoluciones 1.514 y 1.654 de las NN.UU, Venezuela reservó sus derechos sobre los territorios al oeste del río Esequibo.

2º - La República de Venezuela invocó la nulidad de la sentencia arbitral del Laudo de París del 03 de Octubre de 1899, el día 12 de Noviembre de 1962 ante el Comité de Política Especial de la O.N.U.

3º - La República de Venezuela firmó el Acuerdo de Ginebra, el 17 de Febrero de 1966, con la Gran Bretaña y los representantes de la colonia Guayana Inglesa (antes de su independencia), con la finalidad de buscar una solución práctica a la controversia.

4º - La República de Venezuela se reservó sus derechos sobre el Territorio, mediante nota del 26 de Mayo de 1966, en el momento de reconocer a la República Cooperativa de Guyana  hasta la margen derecha del río Esequibo.

5º - La República de Venezuela mediante Decreto Presidencial Nº 1.152, sobre el Mar Territorial, del 09 de Julio de 1968 se reservó como continuidad de los territorios al oeste del río Esequibo, conocidos como la Guayana Esequiba ó Zona en Reclamación, los espacios marítimos adyacentes a sus costas.

6º- Entre los objetivos e interés de la Nación Venezolana está contemplado la reivindicación, recuperación y unificación de los territorios nacionales al oeste del río      Esequibo, según el Art. 10 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. Los sucesivos gobiernos de Venezuela hasta el inicio del año 2004, mantuvieron la política de dejar sentado la reserva de Venezuela, ante la entrega de diferentes concesiones a empresas internacionales para la exploración y explotación,  de los recursos en tierra, ríos, áreas marinas y submarinas del Territorio Esequibo, que realiza Guyana en violación de espíritu del Acuerdo de Ginebra de 1966.

7º- Solicitamos que la Cancillería venezolana se pronuncie y reclame el laudo Arbitral del 11 de Abril del 2006 que estableció el límite marítimo entre Trinidad-Tobago y Guyana, violando el laudo vigente de límites marinos de 1990 entre Venezuela, Trinidad-Tobago. Asimismo, se pronuncie sobre el laudo Arbitral del 17 Septiembre del 2007 entre Guyana y Surinam en donde se incluye, de manera ilegal, área marina muy al oeste de la desembocadura del río Esequibo, violando el Acuerdo de Ginebra de 1966.

8º- Solicitamos y exigimos que la Cancillería informe la RESERVA DE LOS DERECHOS  que la República Bolivariana de Venezuela tiene sobre: las concesiones y explotaciones diversas, la construcción de vías de comunicación y los desarrollos de proyectos hidroeléctricos que hoy se realizan, a las Empresas Internacionales y a sus respectivos Gobiernos  aupados por Guyana, en nuestro Territorio Esequibo.

9º- Solicitamos y exigimos  que la Cancillería adopte de manera inmediata,  una política internacional más firme, agresiva y continua, por encima de intereses regionales subalternos, en el logro de los verdaderos objetivos nacionales del país. Con especial atención, disuadir esa burlesca actitud de Guyana, de presionar delimitaciones marinas sin antes resolverse la delimitación terrestre (Jurisprudencia de la C.I.J de La Haya).                                                

Sr. Canciller Ramírez, siempre tenga presente en sus momentos dubitativos que: “El derecho a la soberanía no se pierde, por el hecho de una anexión antijurídica” (Dr. C. Rodríguez  Berrutti). Ojalá Ud. sepa comprender, recomendar y actuar en beneficio de esta Venezuela, que es suya, es mía y de todos los venezolanos en la grave crisis existencial que atraviesa. LA PATRIA ES PRIMERO.
                                                                                           ( idefvsoberania@gmail.com)
                                                                                  

2005 La Guayana Esequiba – Zona en Reclamación. Instituto Geográfico Simón Bolívar  Primera Edición

Nota del editor del blog:

Al referenciarse a la República Cooperativa de Guyana se deben de tener en cuenta los 159.500Km2, de territorios ubicados al oeste del río Esequibo conocidos con el nombre de Guayana Esequiba o Zona en Reclamación sujetos al Acuerdo de Ginebra del 17 de febrero de 1966.

Territorios estos sobre los cuales el Gobierno Venezolano en representación de la Nación venezolana se reservo sus derechos sobre los territorios de la Guayana Esequiba en su nota del 26 de mayo de 1966 al reconocerse al nuevo Estado de Guyana:

“...por lo tanto, Venezuela reconoce como territorio del nuevo Estado, el que se sitúa al este de la margen derecha del río Esequibo y reitera ante la comunidad internacional, que se reserva expresamente sus derechos de soberanía territorial sobre la zona que se encuentra en la margen izquierda del precitado río; en consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea del río Esequibo, tomando éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico...”


LA GUAYANA ESEQUIBA

http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2008/01/la-guayana-esequiba.html



Terminología sobre cómo referenciar la Zona en Reclamación-Guayana Esequiba.




Mapa que señala el Espacio de Soberanía Marítima Venezolana que se reserva, como Mar Territorial mediante el Decreto Presidencial No 1152 del 09 de Julio de 1968




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