viernes, 30 de octubre de 2009

Extranjeros no podrán comprar tierras en Amazonia de Brasil, según decreto


29 de Octubre de 2009, 07:05pm ET
BRASILIA, 29 Oct 2009 (AFP) –

El presidente de Brasil, Luiz Inacio Lula da Silva, firmó el jueves un decreto por el cual impide que los extranjeros compren tierras regularizadas en la Amazonia y fija un mayor control estatal de esa región del norte del país.


El decreto aprobó un nuevo esquema para tierras regularizadas de un área de protección especial de la Amazonia, el cual abarcaría unas 67,4 millones de hectáreas en la región.


Con esto se apunta reglamentar el programa "Tierra Legal", implementado desde junio por el gobierno, para atender la problemática de la explotación de recursos, la deforestación y de los conflictos generados por la tierra en la región amazónica, que muchas veces derivaron en incidentes violentos.


Así, el Estado otorgará los títulos de propiedad en esas áreas sensibles y solamente brasileños natos o foráneos nacionalizados podrán regularizarlos, con lo cual se excluyen a ciudadanos o empresas extranjeras.



Según datos del estatal Instituto Nacional de Colonización y Reformar Agraria (INCRA), al menos 3,6 millones de hectáreas de tierras brasileñas están en manos de extranjeros, aunque podrían llegar a 5,5 millones pues hay información incompleta a nivel regional.


El decreto permite la venta de entre 400 a 1.500 hectáreas de tierra sólo tres años después de ser concedido el título por ese programa oficial. Para áreas menores de 400 hectáreas podrán ser negociados en un plazo de 10 años.


El "Tierra Legal" pretende regularizar las tierras de 268.000 propietarios que ocuparon el área hasta diciembre de 2004.


Esto se suma a un proyecto de ley aprobado hace dos semanas por una comisión de la Cámara de Diputados y a estudio del Senado, que establece fuertes límites a la adquisición de tierras en la Amazonia por parte de extranjeros.


Según el proyecto, apenas brasileños naturales o extranjeros nacionalizados con más de diez años en el país podrán adquirir títulos de propiedad en esas tierras, incluyendo ciudades y zonas urbanas.


Los territorios adquiridos no podrán exceder las 1.140 hectáreas ni estar en áreas fronterizas.


llu/vel

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